Gabinete: El presidente se auxilia de los secretarios de Estado, quienes tendrán igual rango. Cada Secretaria de Estado formulará, respecto de los asuntos de su competencia, los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y ordenes del Presidente
Secretarias de Estado: De Gobernación, Relaciones exteriores etc.
Fundamento en la Constitución: Titulo Tercero, Capitulo III del Poder Ejecutivo, Articulo 82 y Articulo 89