Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
REFORMA DESCENTRALIZACIÓN ESPAÑOLA - Coggle Diagram
REFORMA DESCENTRALIZACIÓN ESPAÑOLA
Constitución Española 1978
Título VIII
"De la organización Territorial del Estado"
Estado autonómico
Consecuencia de falta de acuerdo sobre los modelos de Estado federal y Estado regional
Se relaciona con el Artículo 2 de la CE
Principios
Unidad el Estado
Estado - Unidad jurídica, política, económica y social
Autonomía
Se complementa con el principio de unidad del estado
Poder limitado (no es soberanía)
Reconocimiento de un nivel de autogobierno
Solidaridad
Establecer un equilibrio económico
Igualdad
Subordinación a la constitución
Representación en el Senado
La Unicidad del Orden Económico y del Mercado
Libertad de circulación en todo el territorio
configuración juridico-constitucional
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
autonómico
local
entes locales
territoriales
según la
Ley Reguladora de Bases de Régimen Local (LRBRL)
funcionales
estatal
GARANTÍA AUTONOMÍA LOCAL
El Tribunal Constitucional así lo reconoce en su sentencia 4/1981
“la autonomía hace referencia a un poder limitado”
cada organización territorial del Estado, tiene una cuota de autonomía pero forma parte integrante del Estado
el principio de autonomía no puede oponerse al de unidad.
art. 137 de la CE
“exige que se dote a cada ente de todas las competencias propias y exclusivas que sean necesarias para satisfacer el interés respectivo”
para el Tribunal Constitucional, forma parte de la garantía institucional de la autonomía local constitucionalmente garantizada
derecho de la corporación local a intervenir en aquellos asuntos que afecten a sus intereses de naturaleza local
“la distribución territorial del poder del Estado en sentido amplio del término”
“un derecho de la comunidad local a participar, a través de órganos propios, en el gobierno y administración de cuantos asuntos le atañen, constituyendo en todo caso un poder limitado que no podía oponerse al principio de unidad estatal”
se modificaron algunos principios
PROXIMIDAD
se vinculan
se añadieron
EFICACIA Y EFICIENCIA
permite excluir la proximidad más cercana del Gobierno Local para resolver los asuntos de la comunidad, por otro nivel de gobierno que resulte más eficiente o rentable, aunque no resulte ser el más cercano a las necesidades, problemas o intereses de la colectividad.
se omitieron
SUBSIDIARIEDAD Y CAPACIDAD AUTÓNOMA DE GESTIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES
el riesgo es
priorizar la eficiencia, el control del gasto y la estabilidad presupuestaria, al poner por debajo los principios de la conformación competencial
Organización Comunidades Autónomas
Estatutos de Autonomía
Norma institucional básica
Contienen
Denominación de la Comunidad Autónoma y la delimitación de su territorio
Las líneas maestras de su organización institucional
Las competencias asumidas en el marco de la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios que les corresponden
Normas autonómicas, pero también normas estatales
Poder Legislativo Autonómico
Autonomía=Capacidad de autonormación
Leyes autonómicas
Están limitadas materialmente
Causa directa de los estatutos, no de la Constitución
Leyes competenciales Art 150
Leyes Marco
Leyes de Transferencia
Leyes de Armonización
Órganos Ejecutivos y la Admin de justicia
Reflejo del poder ejecutivo a nivel estatal
Principio de unidad jurisdiccional
No hay dualidad de órdenes
Competencias de las comunidades
Personal al servicio de la admin de justicia
Delimitación de las demarcaciones judiciales
Tribunales superiores de justicia
Autonomía financiera
Autonomía tributaria
Disposición de ingresos
Tres vías principales
Transferencias presupuestales
Fondo de Compensación Interterritorial
Hace efectivo el principio de solidaridad
Cesión de tributos estatales
Autonomía presupuestaria
Disposición del gasto
Está sometida al principio de coordinación con la Hacienda estatal y al principio de solidaridad
FASES DE DESCENTRALIZACIÓN
FASE 2 (1983-1992)
Acuerdos autonómicos de 1992
Pactos firmados por el gobierno español y las comunidades autónomas (CCAA)
Homogeneizar el modelo autonómico y culminar el proceso de descentralización
FASE 3 (1993-2002)
Implementación de los acuerdos
Traspasos de competencias en educación y sanidad a las CCAA
Transferencias de recursos financieros: Fortalecimiento de autonomía financiera y capacidad de gestión.
FASE 1 (1979-1983)
Aprobación de los 17 estatutos de autonomía, es decir, las normas básicas para cada comunidad autónoma
Sentencia del Tribunal constitucional de 1983 (base legal)
GOBIERNO Y ADMINISTRACION LOCAL EN ESPAÑA
Autonomia local
Todas las entidades locales tienen autonomía y amplios poderes de gasto.
Legitimidad democrática
Entidades locales elegidas democráticamente, con diferentes grados de participación ciudadana.
Municipio como eje central
Municipios como base del sistema local, entidades supramunicipales (p(provincias, islas, comarcas) tienen un papel complementario.
MODIFICACIONES A LA LEY DE BASES DE REGIMEN LOCAL (LBRL)
Ley 11 de 1999
Organización y funcionamiento de los entes locales, buscando una mayor eficacia en la gestión.
Ley 57 de 2003
modernización del gobierno local, fomentando la participación ciudadana y la transparencia.
Ley 27 de 2013 (LRSAL)
La ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
Redefine competencias
cooperacion intermunicipal
control de gasto público
Evitar duplicidades administrativas
Garantizar servicios básicos a los ciudadanos