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Trabajo y Previsión Social: Artículo 123 - Coggle Diagram
Trabajo y Previsión Social: Artículo 123
Derecho
Trabajo digno
Trabajo socialmente útil
Protecciones
Personas que protege
Jornaleros
Artesanos
Personas que tengan todo tipo de contrato de trabajo
Empleados domésticos
Obreros
Indeminizaciones
Accidentes de trabajo
Enfermedades profesionales
No se les puede despedir
Preceptos legales sobre higiene y seguridad
Prevenir accidentes y garantizar salud
Permitido
Sindicatos y asociaciones profesionales
Huelgas y paros
Aviso con diez días de anticipación
No violencia
Resolución de diferencias
Tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación
Tribunal
Federal de Conciliación y Arbitraje
Tribunales laborales de identidades federativas
Conciliación
Centros de Conciliación
Especializados e imparciales
1 audiencia obligatoria generalmente
Principios
Legalidad
Imparcialidad
Independencia
Objetividad
Transparencia
Profesionalismo
Negación por parte del patrón
Fin del contrato
Indemnización al obrero
Mínimo tres meses de salario
Despido injustificado
Elección del trabajador
Cumplimiento del contrato laboral
Indemnización de tres meses
Quiebra
Créditos en favor de los trabajadores
No se anulan
Deudas contraídas por los trabajadores
Favor de sus patronos
Trabajadro como único responsable
Anulaciones de condiciones en el contrato en caso de:
Jornadas inhumandas
Salario no remunerador
Obligación directa o indirecta de adquirir los artículos deconsumo en tiendas o lugares determinados
Retención de salario en concepto de multa
Ley del Seguro Social
Seguro de invalidez
Seguro de vida
Derecho de escalafón
Jornada
Nocturna
7 horas
Diurna
8 horas
Prohibido
Menores de dieciséis años
Todo trabajo después de las 10
Trabajo industrial
Labores insalubres
Labores peligrosas
Mixta
7 horas y media
Descansos
1 día semanal
Cada seis días laborados
Horas extra
Horas extra dobles
Un 100% más de lo fijado para las
horas normales
No más de 9 horas semanales
3 horas
3 veces
Descansos
Por cada seis días de trabajo
Mínimo un día de descanso
Goce de salario íntegro
Vacaciones
Mínima veinte días
Regulaciones y licencias
Mayores de quince años y menores de dieciséis
Máximo seis horas
Maternidad
No trabajos con esfuerzo considerable
Peligro para la salud/gestación
Descanso 6 semanas
Antes y después del parto
Salario íntegro
Conservación de empleos
Lactancia
Dos descansos por día
30 min c/u
Prohibido
Trabajo de menores de quince años
Establecimiento en el centro de trabajo de
Expendios de bebidas embriagantes
Casas de juego de azar
Capacitación y adiestramiento
Obligatorio
Brindado por el patron
Salario
Salario mínimo
Influido por
Area geografica
Rama determinada de la actividad económica
Profesiones
Oficios
Trabajos especiales
Generales o profesionales
No se puede usar para fines ajenos a su naturaleza
Suficiente
Satisfacer necesidades normales de jefe de familia
Orden material
Orden social
Orden cultural
Proveer para la educación de los hijos
Condiciones de las distintas actividades economicas
Determinado por Comisión Nacional
Representantes
Patronos
Gobierno
Trabajadores
En base a la economía nacional
No desigualdad
Deberá pagarse en moneda de curso legal
No se permite hacerlo efectivo con mercancías, vales o fichas
Un vez fijados no se puede disminuir
No puede ser inferior al mínimo