Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL - Coggle Diagram
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
CONCEPTO Y NATURALEZA DEL TC
es un órgano jurisdiccional especial que tiene como principal función garantizar la supremacía de la Constitución Española (CE)
Aunque forma parte del sistema judicial español, es independiente del Poder Judicial y de los demás poderes del Estado (Legislativo y Ejecutivo). Esto significa que el TC no está sujeto a las decisiones de otros tribunales ni a los poderes políticos
El TC es el máximo intérprete de la Constitución, y sus decisiones tienen un carácter vinculante para todos los poderes públicos y ciudadanos
sus resoluciones tienen el efecto de cosa juzgada, lo que significa que no pueden ser revisadas por ningún otro órgano judicial
COMPOSICIÓN Y DESIGNACIÓN DE LOS MAGISTRADOS
El Tribunal Constitucional está compuesto por 12 magistrados, que son designados por un período de 9 años
4 magistrados son propuestos por el Congreso de los Diputados por mayoría de 3/5
4 magistrados son propuestos por el Senado también por mayoría de 3/5
2 magistrados son propuestos por el Gobierno
2 magistrados son propuestos por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
Los magistrados deben ser juristas de reconocida competencia con más de 15 años de experiencia profesional. Pueden ser magistrados, fiscales, profesores universitarios, funcionarios públicos o abogados
El Presidente del Tribunal Constitucional es nombrado por el Rey a propuesta del Pleno del TC (que está compuesto por todos los magistrados). El presidente tiene un papel destacado en la organización y funcionamiento del tribunal.
FUNCIONES DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
RECURSO DE AMPARO
es un mecanismo para proteger los derechos fundamentales reconocidos en los artículos 14 a 30 de la Constitución
PUEDEN PRESENTAR UN RECURSO DE AMPARO
Las personas físicas o jurídicas que hayan visto vulnerados sus derechos fundamentales
El Ministerio Fiscal y el Defensor del Pueblo
El recurso de amparo tiene un carácter subsidiario, lo que significa que solo puede presentarse después de haber agotado todas las vías judiciales ordinarias
CONTROL DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES
El TC tiene la función de controlar la constitucionalidad de las leyes y normas con rango de ley. Esto se realiza a través de:
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
Se presenta contra leyes o normas con fuerza de ley que se consideran contrarias a la Constitución
Pueden presentarlo el Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores o los gobiernos autonómicos
CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
Es planteada por un juez o tribunal durante un proceso judicial cuando considera que una ley aplicable al caso puede ser inconstitucional
RECURSO PREVIO DE INCONSTITUCIONALIDAD
Se utiliza para controlar la constitucionalidad de proyectos de reforma de estatutos de autonomía antes de su publicación en el BOE
RESOLUCION DE CONFLICTOS DE COMPETENCIA
El TC resuelve los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas (CCAA), o entre diferentes CCAA
CONFLICTOS POSITIVOS
Cuando dos entidades reclaman la misma competencia
CONFLICTOS NEGATIVOS
Cuando ninguna entidad quiere asumir una competencia
COMPLEMENTACION DEL ORDENAMIENTO JURIDICO
El TC contribuye a la interpretación y desarrollo del ordenamiento jurídico a través de su jurisprudencia. Sus sentencias son vinculantes y deben ser respetadas por todos los órganos judiciales y poderes públicos
INDEPENDENCIA Y AUTONOMÍA DEL TC
El TC goza de una independencia plena en el ejercicio de sus funciones
Sus magistrados no están sujetos a ningún otro poder del Estado y solo deben obedecer a la Constitución y a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC)
El Pleno del TC (formado por todos los magistrados) es el órgano encargado de su autogobierno, incluyendo la gestión de su régimen interno, disciplinario y presupuestario
PROCEDIMIENTOS ANTE EL TC
RECURSO DE AMPARO
Se presenta ante el TC cuando se han agotado todas las vías judiciales ordinarias
El TC examina si se ha producido una vulneración de derechos fundamentales y, en su caso, dicta una sentencia que puede anular la decisión impugnada
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
Se presenta contra leyes o normas con rango de ley que se consideran contrarias a la Constitución
El TC puede declarar la inconstitucionalidad de la norma, lo que implica su anulación, o desestimarla, lo que permite su aplicación
CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD
Es planteada por un juez o tribunal durante un proceso judicial
El TC decide si la ley aplicable es constitucional o no, lo que afecta al resultado del proceso judicial
RECURSO PREVIO DE INCONSTITUCIONALIDAD
Se utiliza para controlar la constitucionalidad de proyectos de reforma de estatutos de autonomía antes de su publicación
El TC puede declarar la inconstitucionalidad total o parcial del proyecto
EFECTOS DE LAS SENTENCIAS DEL TC
Las sentencias del TC tienen efectos vinculantes para todos los poderes públicos y ciudadanos
Cuando el TC declara la inconstitucionalidad de una ley, esta queda anulada y no puede ser aplicada
Sin embargo, los efectos de la anulación suelen ser ex nunc, es decir, no afectan a los procedimientos ya iniciados antes de la sentencia
RELACION CON OTROS TRIBUNALES
El TC es el máximo intérprete de la Constitución, por lo que sus decisiones son vinculantes para todos los órganos judiciales, incluido el Tribunal Supremo (TS)
Sin embargo, el TC no está sujeto a la jurisprudencia del TS, aunque sí debe tener en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).