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Normativa - Coggle Diagram
Normativa
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica
Necesidad del consentimiento previo de los pacientes a toda actuación sanitaria y el derecho de aquellos a decidir libremente después de recibir información adecuada
Establece el deber de todo profesional que interviene en la actividad asistencial, a la correcta prestación de las técnicas, al cumplimiento de los deberes de información y de documentación clínica, en el ámbito de sus competencias o especialidad
Artículo 3
Define la información clínica como todo dato que permite adquirir o ampliar conocimientos sobre el estado físico y la salud de una persona o la forma de preservarla, cuidarla, mejorarla y recuperarla
Artículo 4
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La información clínica forma parte de todas las actuaciones asistenciales, amplía el catálogo de características y establece que:
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Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud
Incluye entre los deberes del personal estatutario el de informar debidamente a los usuarios y pacientes sobre su proceso asistencial y sobre los servicios disponibles
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Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
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