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Efectos de los AJ - Coggle Diagram
Efectos de los AJ
Clasificación de los AJ
Efectos no esenciales o naturales
aquellos establecidos por la ley
y que pueden ser eliminados, siendo posible sustraerse a su aplicación
Efectos accidentales
aquellos que las partes pueden en virtud de la autonomía privada
incorporar a los AJ
Efectos esenciales
aquellos que determina la ley y que se produce como obligada consecuencia de su celebración
las partes no pueden descartarlos ni sustraerse a ellos
Efectos directos de los AJ
son aquellos que surgen como
consecuencia inmediata y directa de la celebración del AJ
Efectos indirectos de los AJ
no surgen como consecuencia inmediata y directa de la celebración de AJ
¿Respecto de quién se producen los efectos jurídico?
Efectos respecto de las partes que celebraron el Acto
esta es la regla general, los efectos se producen respecto de las partes.
Efectos respecto de terceros
AJ unilaterales
este AJ esta destinado a crear, modifica o extinguir una relación jurídica
por ende los efectos de este
NO PUEDEN -por regla general- RADICARSE EN EL AUTOR
siendo necesario que alcance a terceros
AJ bilaterales
Ejemplos
estipulación a favor de otro
promesa de hecho ajeno
excepcionalmente puede producir efectos respecto de terceros
Clasificación de terceros
Terceros absolutos
aquellos para quienes el AJ es indiferente
no les afecta
Terceros relativos
aquellos que tienen un interés en el AJ, sea por
su beneficio o gravamen
Sucesores o causahabientes a titulo singular
se ven afectados por el acto o contrato realizado por su antecesor y que tenga por objeto
la cosa determinar adquirida de él
los acreedores de las partes
los herederos, sucesores o causahabientes a titulo universal
con la apertura de la sucesión