Deja de verse el reproche de la conducta del que pudo actuar conforme a derecho y no lo hizo vinculado a la retribución o compensación, y se lo pasa a considerar a través de las condiciones que legitiman la atribución del ilícito penal a su autor, teniendo en cuenta valoraciones normativas y concretas, la culpabilidad es la motivación de la persona normal frente a normas, "lo exigible al hombre normal atendiendo a sus circunstancias psíquicas o situacionales", que nos permite atribuirle la conducta a su autor, siempre que pueda afirmarse, por un lado, la imputación de la infracción personal de una norma penal primaria y, por otro lado, que el autor aparezca como sujeto idóneo para responder penalmente por haber actuado en condiciones de normalidad motivacional.