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Responsabilidad disciplinaria, faltas muy graves: (art. 536 LOPJ) - Coggle…
Responsabilidad disciplinaria, faltas muy graves: (art. 536 LOPJ)
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Toda actuación que suponga discriminación por razón de sexo, raza, religión, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad o cualquier otra condición personal.
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La emisión de informes o adopción de acuerdos o resoluciones manifiestamente ilegales, cuando se cause perjuicio grave al interés público o lesiones derechos fundamentales de los ciudadanos.
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La utilización indebida de la documentación o información a que tengan o hayan tenido acceso por razón de su cargo o función.
El incumplimiento reiterado de las funciones inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas.
La utilización de las facultades que tenga atribuidas, para influir en procesos electorales de cualquier naturaleza o ámbito.
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La desobediencia grave o reiterada a las órdenes o instrucciones verbales o escritas de un superior emitidas por éste en el ejercicio de sus competencias, referidas a funciones o tareas propias del puesto de trabajo del interesado, salvo que sean manifiestamente ilegales.
La utilización de la condición de funcionario para la obtención de un beneficio indebido para sí o para un tercero.
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La inobservancia del deber de abstención, a sabiendas de que concurren alguna de las causas legalmente previstas.
Los actos que impidan el ejercicio de los derechos fundamentales, de las libertades públicas y de los derechos sindicales.
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Las acciones y omisiones que hayan dado lugar en sentencia firme a una declaración de responsabilidad civil contraída en el ejercicio de la función por dolo o culpa grave.
La comisión de una falta grave cuando hubiere sido anteriormente sancionado por otras dos graves que hayan adquirido firmeza, sin que hubieren sido canceladas o procedido la cancelación de las anotaciones correspondientes.