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Procedimiento para la obtención de derechos mineros - Coggle Diagram
Procedimiento para la obtención de derechos mineros
Facultades legales que une persona o entidad obtiene para explorar, explotar y extraer minerales de una determinada área de terreno.
En Bolivia se lo realiza de la siguiente manera
Conservar Derechos mineros
Se debe explotar en el plazo máximo de 1 año (o se revierte)
Pago de patentes
Si durante seis meses después de haber iniciado la actividad de explotación, se paraliza
Pagos de regalías
Plan operativos de inversiones
Cuidado del medio ambiente
Obtener Derechos mineros
Conformar la empresa Artículo 127 C.C.
Presentar la solicitud para la prospección y exploración
Área libre (Dirección de catastro y cuadrícula minera)
AJAM analiza la solicitud y requisitos
AJAM otorga la licencia
Explotación
Asamblea legislativa plurinacional (autoriza)
Contrato entre APM y AJAM
Contrato administrativo minero (Artículo 143, ley 535).
Extinguir Derechos mineros
Se refiere a la perdida o anulación de los derechos que une personas o entidad para poseer y explorar minerales en una determinada área.
Renuncia
Resolución de contrato
Vencimiento de plazo
Nulidad
Muerte del Titular
Comercialización
Para que los comerciantes puedan vender o exportar minerales, deben obtener la autorización correspondiente de SENARECOM
Encargada de regular, controlar y supervisar la comercialización de minerales y metales en el país.
El NIM (Número de identificacion minera) es el documento que esta obligada a obtener del SENARECOM. Todos los actores productivos mineros
Artículo 117 (Requisitos) Para la obtención de la licencia de comercialización se deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Personalidad jurídica e inscripción en el registro de comercio, tratándose de personas colectivas e individuales
b) Personalidad jurídica tratándose de comercializadores de cooperativas mineras
c) Número de identificación tributaria-NIT.
d) Domicilio legal y de funcionamiento de los establecimientos comerciales.