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GES2 (Procedimientos tributarios) - Coggle Diagram
GES2 (Procedimientos tributarios)
Fases
del procedimiento tributario
Iniciación
Las actuaciones pueden iniciarse de oficio o a instancia del obligado tributario.
Si es a instancia del obligado tributario, puede originarse en una autoliquidación, declaración, comunicación, solicitud u otro medio previsto por la normativa tributaria.
La presentación telemática es cada vez más obligatoria.
El inicio de oficio requiere acuerdo del órgano competente, iniciado por propia iniciativa, orden superior o petición razonada de otros órganos.
Se realiza a través de comunicación debidamente notificada al obligado tributario.
Desarrollo
Derechos de los obligados tributarios, la Administración facilita el ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones.
Documentación de las actuaciones de la Administración Tributaria (comunicaciones, diligencias, informes).
Trámite de audiencia.
Terminación
Los procedimientos pueden finalizar de varias maneras:
Resolución.
Desistimiento.
Renuncia al derecho en que se fundamente la solicitud.
Imposibilidad material de continuar por causas sobrevenidas.
Caducidad.
Cumplimiento de la obligación.
Cualquier otra causa prevista en el ordenamiento tributario.
Las liquidaciones tributarias
Liquidaciones definitivas
Requieren notificación.
Liquidaciones provisionales
Recaundación sin necesidad de giro administrativo.
El deber de resolver y plazos de resolución
Obligatoriedad de resolución
Resolución expresa
La Administración debe resolver todas las cuestiones en procedimientos tributarios.
Notificación
de la resolución
Obligación de notificar la resolución expresa.
Excepciones
No se requiere resolución expresa en algunos procedimientos, como los relativos a derechos comunicados por el obligado tributario o cuando se produce la caducidad, pérdida del objeto, renuncia o desistimiento.
La prueba en los procedimientos tributarios
Carga de la prueba
La carga de la prueba recae sobre quien hace valer su derecho.
Normas sobre medios y valoración de la prueba
Se aplican las normas del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo disposiciones contrarias en la Ley General Tributaria.
Medios de prueba
Diligencias
y
presunciones
tienen valor probatorio singular.
Las notificaciones tributarias
Régimen de notificaciones
Régimen general
Se aplica el régimen de notificaciones administrativas generales.
Especialidades
Destacan las notificaciones realizadas por medios electrónicos.
Otras normas comunes
Procedimiento inspector
Entrada en el domicilio
La LGT permite la entrada en el domicilio constitucionalmente protegido en ciertos procedimientos.
Infracciones tributarias
Información a la Administración Tributaria
La LGT permite que se informe sobre hechos que puedan constituir infracciones tributarias o afectar la aplicación de los tributos.