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4.2 Las cortes de Cádiz y La constitución de 1812 - Coggle Diagram
4.2 Las cortes de Cádiz y La constitución de 1812
Las Cortes de Cádiz
Desde mayo de 1808, la población se va a organizar en juntas de Armamento y Defensa. (primero a nivel local y luego a provincial)
El 25 de septiembre de 1808, en Aranjuez, se forma la Junta Central Suprema presidida por Floridablanca.
Esta junta era consciente de la necesidad de reformar el Antiguo Régimen
y llegó al acuerdo de convocar Cortes para que éstas decidieran las reformas que debían emprenderse
La junta Central traspasó sus poderes a una Junta de Regencia, que se hizo cargo de la convocatoria a Cortes
Las cortes se pudieron reunir el 24 de septiembre de 1810
El lugar elegido fue la isla de León, actual San Fernando
La llegada de los diputados a Cádiz, ciudad protegida por la marina británica y con una pujante burguesía, fue especialmente difícil
Las zonas libres pudieron elegir a sus representantes con plena libertad
en las zonas ocupadas, los representantes fueron elegidos por las Juntas provinciales
Hubo provincias que no pudieron enviar representantes y fueron elegidos suplentes refugiados en Cádiz
Es importante destacar que la convocatoria a Cortes no se hizo por testamentos, sino en base a una sola cámara, representando a toda la nación
Se congregaron unos trescientos diputados procedentes en su mayoría de las clases medias urbanas:
20 burgueses
Todos ellos agrupados en 3 tendencias
jovellanistas
absolutistas
liberales
100 eclesiásticos
16 catedráticos
40 militares
50 altos funcionarios públicos
3 obispos
60 juristas
9 nobles
La prensa estuvo al lado de los liberales
En las primeras convocatorias quedó claro que la mayoría de los diputados se identificaban con las ideas del cambio
Ya desde la primera reunión se constituyeron en representantes de la soberanía nacional y se transformaron en Cortes Constituyentes el 20 de diciembre de 1810 con el objetivo prioritario de elaborar una Constitución
El predominio de los diputados innovadores hizo que las Cortes de Cádiz no se limitaran sólo a gobernar la nación en ausencia del rey
sino a que también emprendieron una tarea que provocó, no una reforma de la monarquía y sus instituciones, sino una
verdadera revolución liberal
trazada tanto en la obra constituyente como en la legislativa
Desde 1810 se promulgaron una serie de medidas que abolían el Antiguo Régimen y que serían recogidas posteriormente en la Constitución
Decreto de libertad de imprenta, que suprimía la censura de escritos públicos
Abolición de los señoríos jurisdiccionales y el concepto vasallo-señor
Supresión de los gremios, que impedían la innovación y la iniciativa económica
Decreto de incautación y venta en pública subasta de las tierras comunales pertenecientes a los municipios, a las órdenes militares y a los jesuitas, como medida desamortizadora
Derogación de los privilegios de la Mesta y abolición de la Inquisición
Así, en las Cortes de Cádiz
se inicia una profunda transformación social y económica
al mismo tiempo que se cambia el régimen político al aprobar el 19 de marzo de 1812 la Constitución
La Constitución de 1812
Esta Constitución se compone de
384 artículos divididos en 10 títulos
un Discurso Preliminar
De los quince miembros de la Comisión Constitucional, cinco eran destacados liberales
Entre ellos
Agustín Argüelles, autor del Discurso Preliminar
Diego Muñoz Torrero, redactor del Proyecto articulado de la Constitución
Se establece la soberanía nacional tanto en la Península como en las colonias americanas.
De caracter progresista, con derechos y libertades como imprenta, habeas corpus, protección de la propiedad, etc.
Determina un Estado confesional, católico, unicameral y con sufragio universal masculino indirecto
Se reconoce la separación de poderes
el judicial es exclusivo de los tribunales
el ejecutivo corresponde a la Corona
el legislativo cae en las Cortes unicamerales
Sus principales enemigos serán
los carlistas
el propio Fernando VII, que la derogó dos veces en 1814 y 1823, al término del Trienio liberal
Estuvo vigente pues en tres periodos
1820-1823
1836-1837
1812-1814
los absolutistas
Por todo ello, la Constitución de 1812 rompe con el Antiguo Régimen, estableciendo que la nación es libre e independiente
Los ciudadanos son los únicos que pueden decidir con qué leyes quieren ser gobernados
A la vez, la nación se compromete a proteger determinados derechos de sus ciudadanos, como la propiedad o la libertad civil
No debe olvidarse que el liberalismo español se articuló en medio de una conmoción nacional sin precedentes:
vacío de poder
insurrección popular
guerra contra los franceses
levantamiento independentista en América
Concluye con
una victoria militar
una derrota civil tras el regreso del rey Fernando VII, preludio de la represión y el exilio
Esta Constitución asentó los principios del liberalismo español y tuvo una amplia resonancia internacional, sirviendo de modelo a otros textos constitucionales