El Artículo 5 de la Ley Orgánica de Economía Circular Inclusiva establece una serie de definiciones claves para la interpretación de la ley, comenzando con el concepto de "almacenamiento de residuos", que hace referencia al depósito de desechos en lugares específicos durante un tiempo determinado. Además, la ley define el "aprovechamiento" como un conjunto de procesos mediante los cuales los materiales recuperados se reincorporan al ciclo económico y productivo, como en el reciclaje, la reutilización o la generación de energía. También se mencionan conceptos como "biodegradables", que son aquellos que se descomponen naturalmente sin intervención humana, y "cadena de valor", que se refiere a todas las actividades que añaden valor a un producto final. Estos términos forman la base para un manejo adecuado de los residuos y el impulso de la economía circular.