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Reglamento de Agentes de Aduana
OBJETIVOS :
Regular funciones de agentes y auxiliares.
Establecer procesos de autorización y control.
Asegurar eficiencia y transparencia en operaciones aduaneras.
Requisitos
PERSONA NATURAL:
Mayor de edad.
Domiciliado en Ecuador.
Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo.
Título universitario relacionado con comercio exterior.
Examen de suficiencia aprobado.
Infraestructura mínima (40 m² de oficina).
OBLIGACIONES
Actuar como fedatario público.
Responsabilidad solidaria en despachos.
Colaborar con las autoridades en investigaciones.
Mantener registros y documentos por 5 años.
LICENCIAS
Vigencia: 5 años.
Renovación: Hasta 1 mes antes de la caducidad.
Cancelación: Por incumplimiento o solicitud voluntaria.
AUXILIARES DE AGENTE DE ADUANA
Personas que apoyan al agente en trámites, excepto firma de declaraciones.
Requisitos:
Ser mayor de edad.
Bachillerato concluido.
Examen aduanero aprobado.
OBLIGACIONES
Cumplir con actividades delegadas.
Ser responsable junto con el agente.
SANCIONES
Multas por incumplimientos reglamentarios.
Suspensión o cancelación de licencias.
Sanciones por declaraciones incorrectas o faltas en procedimientos.
PROCESO DE PSTULACIÓN
Convocatoria cada 2 años para personas naturales.
Examen de suficiencia (mínimo 80%).
Inspección de oficinas y cumplimiento de infraestructura.
PERSONA JURIDICA
Constituida legalmente en Ecuador.
Objeto social: agenciamiento de aduana.
Capital mínimo y representante legal con licencia activa.
TARIFARIO DE HONORARIOS MINIMOS
Objetivo: Regular el cobro mínimo por servicios de los agentes de aduana.
Honorarios para Importación:
Medio salario básico unificado para transporte aéreo o terrestre.
60% de un salario básico unificado para transporte marítimo.
Honorarios para Exportación:
Fijados libremente entre las partes.
Trámites Adicionales:
Licencias, permisos, y otros servicios logísticos no incluidos en el tarifario mínimo.
SEGURIDAD JURIDICA
Principio basado en normas claras y aplicadas por autoridades competentes.
Relaciones con el Código Orgánico de la Producción:
Se regulan regímenes aduaneros específicos (importación y exportación).
Atribuciones del Director General para fijar tarifas y normativas.