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Practicas desleales de comercio internacional, Contribuciones al comercio…
Practicas desleales de comercio internacional
Disposiciones comunes a todos los procedimientos
Estos procedimientos se iniciaran de oficio en circunstancias especiales cuando la secretaria tenga pruebas suficientes de la discriminación de precios o de subvenciones del daño y de la relacion causa
La solicitud podrá ser presentada por organizaciones legalmente constituidas, personas
físicas o morales productoras:
De mercancías idénticas o similares a aquéllas que se estén importando o pretendan importarse en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional
Los solicitantes deberán ser representativos de cuando menos el 25% de la producción total de la
mercancía idéntica o similar, o directamente competidora, producida por la rama de producción nacional.
A partir de la presentación de la solicitud la Secretaría deberá:
En un plazo de 25 dias aceptar la solicitud
Dentro de 17 dias requerir datos los que deben proporcionarse en un plazo de 20 dias
Dentro de un plazo de 20 días, desechar la solicitud cuando no se cumpla con los requisitos
establecidos
La Secretaría publicará la resolución correspondiente en el Diario Oficial de la Federación
Procedimientos en manera de practicas desleales de comercio internacional
Resolución preliminar
Dentro de un plazo de 90 días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución la Secretaría dictará la resolución preliminar, mediante la cual podrá: Párrafo reformado
Determinar cuota compensatoria provisional, siempre que hayan transcurrido por lo menos 45 días después de la publicación de la resolución de inicio de la investigación en el DOF
No imponer cuota compensatoria provisional y continuar con la investigación administrativa.
Dar por concluida la investigación administrativa cuando no existan pruebas suficientes de la discriminación de precios o subvención.
Resolución Final
Dentro de un plazo de 210 días, contados a partir del día siguiente de la publicación en el DOF de la resolución de inicio de la investigación, la Secretaría dictará la resolución final. A través de esta resolución, la Secretaría deberá:
Imponer cuota compensatoria definitiva
Revocar la cuota compensatoria provisional.
Declarar concluida la investigación sin imponer cuota compensatoria
Audiencia compensatoria
Las partes interesadas en una investigación administrativa pueden solicitar una audiencia conciliatoria para proponer soluciones y concluir la investigación. La Secretaría puede sancionar y incorporar estas soluciones en una resolución final, que se notificará a las partes y se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
Coutas compensatorias
La Secretaría determina cuotas compensatorias para contrarrestar prácticas desleales de comercio internacional, como discriminación de precios o subvenciones.
Compromisos de exportadores y gobiernos
La Secretaría puede suspender o terminar una investigación sobre prácticas desleales de comercio internacional si el exportador se compromete a modificar precios o cesar exportaciones, o si el gobierno del país exportador elimina la subvención. La Secretaría evaluará si el compromiso elimina el efecto dañino y notificará su decisión a las partes interesadas y la publicará en el Diario Oficial de la Federación.
Procedimiento en materia de medidas de salvaguarda
Determinacion de medidas de salvaguarda
La determinación de las medidas de salvaguarda deberá hacerse en un plazo no mayor
de 210 días
La vigencia de las medidas de salvaguarda podrá ser hasta de cuatro años y prorrogable
hasta por seis años más
Circunstancias críticas
El Ejecutivo Federal puede establecer medidas de salvaguarda en 20 días si hay circunstancias críticas y pruebas de daño por importaciones
Otras disposiciones comunes de los procedimientos
La Secretaría permitirá a las partes interesadas acceder a la información del expediente administrativo para presentar sus argumentos. Sin embargo, la información confidencial solo estará disponible para representantes legales autorizados y personas que, según tratados internacionales, tengan derecho a acceder a ella. La Secretaría deber autorizar el acceso y las personas autorizadas no podrán utilizar la información para beneficio personal ni divulgarla
Procedimientos especiales
Las partes interesadas pueden solicitar a la Secretaría que determine si una mercancía está sujeta a una cuota compensatoria. Si es procedente, se iniciará un procedimiento y se emitirá una resolución final dentro de los 60 días.
Se considera elusión de cuotas compensatorias o medidas de salvaguarda las siguientes acciones: introducir insumos o componentes para producir mercancías sujetas a cuotas, introducir mercancías con componentes integrados en terceros países, introducir mercancías similares del mismo país de origen, importar mercancías con cuotas menores a las correspondientes, o cualquier otra conducta que evite el pago de cuotas o medidas de salvaguarda.
Las partes interesadas podrán solicitar a la Secretaría, en cualquier tiempo, que aclare o precise determinado aspecto de las resoluciones por las que se impongan cuotas compensatorias definitivas.
Contribuciones al comercio exterior
Gerardo Mayorga Lares