Podríamos entonces decir que, la tutela judicial es efectiva cuando el Estado, por medios de los órganos jurisdiccionales competentes, cumple su función (poder-deber) de administrar justicia, aplicando el derecho objetivo al caso concreto, no solo declarándolo, conforme las pretensiones formuladas por las partes procesales, debidamente acreditadas, sino haciéndolo efectivo, a través del procedimiento diseñado para el efecto, en el que se cumplan todas las garantías del “debido” proceso.