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Artículo 27 - Coggle Diagram
Artículo 27
Nación
Tiene la propiedad original sobre tierras y aguas
Puede transmitir la propiedad a particulares
Puede expropiar bienes por utilidad pública con indemnización
Propiedad de la tierra
Ejidos y comunidades agrarias protegidos
Se prohíbe el latifundismo
Se fomenta la reforma agraria para la distribución equitativa
Propiedad de los extranjeros
Restricciones en zonas fronterizas y costeras
Solo pueden adquirir propiedad bajo acuerdos específicos
Recursos naturales
Son propiedad de la nación
Su explotación debe beneficiar al país
Energía y petróleo → Sectores estratégicos exclusivos del Estado
Aguas nacionales
Son reguladas por el Estado
Su uso requiere concesión
Terrenos baldíos y colonización
Se regulan para su aprovechamiento adecuado