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DENUNCIA, QUERELLA Y
REQUISITO EQUIVALENTE - Coggle Diagram
DENUNCIA, QUERELLA Y
REQUISITO EQUIVALENTE
A la denuncia, querella y requisito equivalente se les denomina en conjunto como "formas de inicio del proceso penal" o "formas de activación de la acción penal".
DENUNCIA
Es el acto por el cual una persona informa a la autoridad sobre la comisión de un delito, sin que necesariamente tenga interés personal en el caso.
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En algunos casos, los servidores públicos están obligados a denunciar.
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Se usa para delitos perseguibles de oficio (los que el Ministerio Público debe investigar sin necesidad de la víctima, como homicidio o secuestro).
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Datos que puedan ayudar a la investigación (fecha, lugar, personas involucradas, prueb
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QUERELLA
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Aplica en delitos de acción privada o de instancia particular (ejemplo: difamación, amenazas, abuso de confianza).
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Es una declaración formal presentada por la víctima o su representante legal para manifestar su intención de iniciar un proceso penal contra una persona.
REQUISITO EQUIVALENTE
Es una condición especial que debe cumplirse para que el Ministerio Público pueda iniciar la persecución penal en ciertos delitos.
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Para procesar a un funcionario público, a veces se necesita una autorización del Congreso o un informe de la Auditoría Superior.
En delitos fiscales, se requiere una querella de la autoridad hacendaria.
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