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NIC 12 Impuesto a las Ganancias - Coggle Diagram
NIC 12
Impuesto a las Ganancias
MEDICIÓN
Los pasivos (activos) corrientes de tipo fiscal, deben ser medidos por las cantidades que se espere pagar (recuperar) de la autoridad fiscal
Los activos y pasivos por impuestos diferidos deben medirse empleando las tasas impositivas que se espera sean de aplicación en el período en el que el activo se realice o el pasivo se cancele.
La medición de los pasivos por impuestos diferidos y los activos por impuestos diferidos reflejará las consecuencias fiscales que se derivarían de la forma en que la entidad espera.
OBJETIVO
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias .
INFORMACIÓN A REVELAR
Los componentes principales del gasto (ingreso) por el impuesto a las ganancias se revelarán por separado en los estados financieros.
Los componentes del gasto (ingreso) por el impuesto a las ganancias pueden incluir:
Cualesquiera ajustes reconocidos
El importe del gasto
Gasto (ingreso) por impuesto corriente;
El importe de los beneficios de carácter fiscal
El impuesto diferido
PRESENTACIÓN
Compensación
Gastos por el impuesto a las ganancias
Gasto (ingreso) por el impuesto a las ganancias relativo a las
ganancias o pérdidas de las actividades ordinarias.
Diferencias de cambio en los activos o pasivos por impuestos
diferidos en moneda extranjera
RECONOCIMIENTO DE IMPUESTOS CORRIENTES Y DIFERIDOS
Una entidad reconocerá las consecuencias de los dividendos en el impuesto a las ganancias como se define en la NIIF 9 cuando reconozca un pasivo por dividendos a pagar.
Partidas reconocidas en el resultado
Partidas reconocidas fuera del resultado
Impuestos diferidos que surgen de una combinación de
negocios
Impuestos corrientes y diferidos surgidos de pagos
basados en acciones
RECONOCIMIENTO DE PASIVOS Y ACTIVOS POR IMPUESTOS CORRIENTES
El impuesto corriente, debe ser reconocido como un pasivo en la medida en que no haya sido liquidado.
El importe a cobrar que corresponda a una pérdida fiscal.
Cuando una pérdida fiscal se utilice para recuperar el impuesto corriente pagado en periodos anteriores, la entidad reconocerá tal derecho como un activo
RECONOCIMIENTO DE PASIVOS Y ACTIVOS POR IMPUESTOS DIFERIDOS
Combinaciones de negocios
Activos contabilizados por su valor razonable
Diferencias temporarias imponibles.
Plusvalía
Reconocimiento inicial de un activo o pasivo
Diferencias temporarias deducibles
Pérdidas y créditos fiscales no utilizados
Reconsideración de activos por impuestos diferidos no
reconocidos
Inversiones en subsidiarias, sucursales y asociadas, y
participaciones en acuerdos conjuntos
ALCANCE
Para los propósitos de esta Norma, el término impuesto a las ganancias incluye todos los impuestos, ya sean nacionales o extranjeros, que se relacionan con las ganancias sujetas a imposición.
Esta Norma se aplicará en la contabilización del impuesto a las ganancias.
Esta Norma no aborda los métodos de contabilización de las subvenciones del gobierno ni de los créditos fiscales por inversiones.
DEFINICIONES
Los términos siguientes se usan, en esta Norma
Impuesto corriente
Pasivos por impuestos
Gasto (ingreso)
Activos por impuestos diferidos
Ganancia fiscal
Las diferencias temporarias
diferencias temporarias deducibles
diferencias temporarias imponibles
Ganancia contable
La base fiscal
BASE FISCAL
La base fiscal de un activo es el importe que será deducible a efectos fiscales de los beneficios económicos imponibles,
Algunas partidas tienen base fiscal aunque no figuren reconocidas como activos ni pasivos en el estado de situación financiera.
es igual a su importe en libros menos cualquier
importe,
FECHA DE VIGENCIA
Esta Norma Internacional de Contabilidad tendrá vigencia para los estados financieros que cubran periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 1998, salvo por lo especificado en el párrafo 91.
Esta Norma deroga la antigua NIC 12 Contabilización del Impuesto a las Ganancias, aprobada en 1979.
DEROGACIÓN DE LA SIC-21
Las modificaciones realizadas mediante el documento Impuestos Diferidos: Recuperación de Activos Subyacentes emitido en diciembre de 2010 sustituyen a la Interpretación SIC-21 Impuestos a las Ganancias—Recuperación de Activos No Depreciables Revaluados.