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Etapa de declaración del concurso mercantil - Coggle Diagram
Etapa de declaración del concurso mercantil
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Inicio del concurso mercantil.
Se inicia con una demanda o solicitud de concurso que pueden presentar ante el juez el comerciante, los acreedores o el Ministerio Público. El juez ordena al IFECOM la designación de un visitador que en un periodo de 15 a 30 días debe rendir un dictamen sobre la situación de la empresa del comerciante.
Fundamento
Artículo 21.- Podrán demandar la declaración de concurso mercantil cualquier acreedor del Comerciante, el Instituto de Administración de Bienes y Activos o el Ministerio Público.
FUNDAMENTO ART.-10 LCM
Incumplir a dos o más acreedores.
Dichas obligaciones tienen más de 30 días de haber vencido y representen el 35% o más de todas las obligaciones pertenecientes al comerciante.
Que no tenga activos concursales líquidos para hacer frente a por lo menos 80% del total de obligaciones vencidas.
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Preconcurso Mercantil La forma de solicitar el preconcurso de acreedores es que el deudor comunique al Juzgado competente que ha iniciado las negociaciones. Cuando el deudor solicita la negociación de un acuerdo extrajudicial de pagos debe comunicarlo a la cámara de comercio, el notario o registrador mercantil, según sea el caso.
VISITA Además en esta etapa anterior a iniciar el concurso mercantil interviene también el juez y visitador que cumplen la función de ver si es viable dicho concurso mercantil a partir de esto se da la sentencia que iniciara o no el concurso mercantil.
FUNDAMENTO
Artículo 29.- Al día siguiente de que el juez admita la demanda, deberá remitir copia de la misma, más no de sus anexos, al Instituto, ordenándole que designe un visitador dentro de los cinco días siguientes a que reciba dicha comunicación. De igual forma y en el mismo plazo deberá hacerlo del conocimiento de las autoridades fiscales competentes para los efectos que resulten procedentes, girándose de inmediato los oficios respectivos.
Dictamine si el comerciante incurrió en el incumplimiento generalizado en el pago de las obligaciones con dos o más acreedores, así como la fecha de vencimiento de los créditos relacionados con esos hechos.
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Sentencia de Concurso Mercantil
Sin necesidad de citación, el juez dictará dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo de alegatos, la sentencia que corresponda, tomando en cuenta lo manifestado y probado y en especial el dictamen del visitador.
Fundamento
Artículo 42.- Sin necesidad de citación, el juez dictará la sentencia que corresponda dentro de los
cinco días siguientes al vencimiento del plazo para la formulación de alegatos;
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Efectos de la Sentencia de C.M. Uno de los efectos más relevantes de la sentencia de declaración de Concurso Mercantil es la suspensión de todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del comerciante, prevista por los artículos 43 fracción IX y 65 de la LCM.
Fundamento
Artículo 42.- Sin necesidad de citación, el juez dictará la sentencia que corresponda dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo para la formulación de alegatos; considerando lo manifestado, probado y alegado por las partes además del dictamen del visitador. El juez deberá razonar las pruebas aportadas por las partes, incluyendo el dictamen del visitador.
Artículo 43.- La sentencia de declaración de concurso mercantil, contendrá: [...]
IX. La orden de suspender durante la etapa de conciliación, todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del Comerciante, con las excepciones previstas en el artículo 65;
Artículo 65.- Desde que se dicte la sentencia de concurso mercantil y hasta que termine la etapa de conciliación, no podrá ejecutarse ningún mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del Comerciante
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Actos en fraude de acreedores.
Son actos en fraude de acreedores los que el Comerciante haya hecho antes de la declaración de concurso mercantil, defraudando a sabiendas a los acreedores si el tercero que intervino en el acto tenía conocimiento de este fraude. Este último requisito no será necesario en los actos de carácter gratuito.
FUNDAMENTO
Artículo 113.- Serán ineficaces frente a la Masa todos los actos en fraude de acreedores.
Son actos en fraude de acreedores los que el Comerciante haya hecho antes de la declaración de concurso mercantil, defraudando a sabiendas a los acreedores si el tercero que intervino en el acto tenía conocimiento de este fraude.
Este último requisito no será necesario en los actos de carácter gratuito.
Actos en fraude de acreedores.
-Los actos a título gratuito
-Los actos y enajenaciones en los que el Comerciante pague una contraprestación de valor notoriamente superior o reciba una contraprestación de valor notoriamente inferior a la prestación de su contraparte
-Las remisiones de deuda hechas por el Comerciante
-Los pagos de obligaciones no vencidas hechas por el Comerciante
BIBLIOGRAFÍA
Ley de concursos mercantiles(L.C.M.), 12 de mayo de 2000 (México).
CRUZ REYES MARIO ALBERTO 10° T/M