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MARCO NORMATIVO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
ORDENAMIENTOS
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Medidas de seguridad e higiene industriales para la protección de los trabajadores.
Ley Suprema
Medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo
Preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones
Mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores
Ley Federal sobre Metrología y Normalización
Establecer, las condiciones de salud, seguridad e higiene que deberán observarse en los centros de trabajo, así como el proceso de elaboración, modificación y publicación de las mismas.
Ley Federal del Trabajo
Obligaciones a cargo de los trabajadores
Observar las disposiciones del reglamento y las normas oficiales y las que indiquen los patrones
Someterse a los reconocimientos médicos para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable
Obligaciones a cargo del patrón
En los reglamentos e instructivos que las autoridades laborales expidan se fijarán las medidas necesarias para prevenir los riesgos de trabajo y lograr condiciones que aseguren la vida y la salud
Disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables para prestar oportuna y eficazmente los primeros auxilios.
Instalar y operar los lugares en que deban ejecutarse las labores buscando prevenir accidentes y enfermedades laborales
Adoptar las medidas preventivas y correctivas que determine la autoridad laboral.
Cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
Establecer disposiciones que eviten riesgos y cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral, que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los trabajadores o provocar daños a las instalaciones, maquinaria, equipos y materiales
Normas Oficiales Mexicanas
Determinan las condiciones mínimas necesarias para la prevención de riesgos de trabajo
Se destinan a la atención de factores de riesgo a los que pueden estar expuestos los trabajadores.
41 NORMAS OFICIALES MEXICANAS
Se agrupan en cinco categorías
2.Normas de Salud
Presiones ambientales anormales
Vibraciones
Factores de Riesgo Psicosocial
Radiaciones no ionizantes
Factores de riesgo ergonómico
Radiaciones ionizantes
Condiciones térmicas elevadas o abatidas
Ruido
Iluminación
Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral
Contaminantes por sustancias químicas
Normas Específicas
Instalaciones, maquinaria, equipo y herramientas agrícolas
Operación y mantenimiento de ferrocarriles
Plaguicidas y fertilizantes
Aprovechamiento forestal maderable
Minas subterráneas de carbón
Construcción
Trabajos en minas subterráneas y a cielo abierto
1.Normas de Seguridad
Trabajos en altura
Recipientes sujetos a presión y calderas
Manejo y almacenamiento de materiales
Electricidad estática
Manejo, transporte y almacenamiento de sustancias peligrosas
Soldadura y corte
Sistemas y dispositivos de seguridad en maquinaria
Mantenimiento de instalaciones eléctricas
Prevención y protección contra incendios
Trabajos en espacios confinados
Edificios, locales e instalaciones
Acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad
3.Normas de Organización
Identificación de peligros y riesgos por sustancias químicas
Colores y señales de seguridad
Equipo de protección personal
Comisiones de seguridad e higiene
Servicios preventivos de seguridad y salud
Seguridad en procesos y equipos con sustancias químicas
Peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas
Normas de Producto
Se cuenta con seis normas relativas a equipo contra incendio y tres sobre equipo de protección personal
APLICACIÓN
La
quinta
categoría corresponde a las empresas que fabrican, comercializan o distribuyen equipos contra incendio y de protección personal.
Las
primeras 3
se aplican en los trabajos que desarrollan actividades de producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios.
La
cuarta
categoría se prevé su aplicación en las empresas que pertenecen a los sectores o actividades específicas a que se refieren tales normas.