En la Ley del Impuesto Sobre la Renta, específicamente en los artículos 39, 40, 41, 42 y 43, se regula la forma en que los contribuyentes deberán determinar el costo de lo vendido. Sin embargo, estos artículos guardan una relación directa con el artículo 25 fracción II de la misma Ley, ya que para efectos de la determinación del Impuesto Sobre la Renta, el costo de lo vendido se considera como una deducción autorizada que el contribuyente puede aplicar en el ejercicio fiscal.