El derecho a la libertad, entidad conocida como derechos civiles, reconoce y garantiza la inviolabilidad de la vida, el derecho a una vida digna, la integridad de la persona, la igualdad formal, la igualdad material y la no discriminación, el libre desarrollo de la persona, opinión y el derecho a expresar su pensamiento libremente, corrigiendo las declaraciones inexactas en los medios de comunicación, la libertad de conciencia y religión, el derecho a determinar libremente su sexualidad, vida y orientación sexual
Tomar decisiones libres y responsables y a ser informado sobre sus salud y reproducción. vida, disuasión de la fe, objeción de conciencia al servicio militar, derecho a la asociación libre y voluntaria, derecho a circular libremente y elegir un lugar de residencia en el territorio del estado, libertad de actividad económica.
Libertad de trabajo, honor y reputación , protección de datos personales, protección de la intimidad y privacidad; la inviolabilidad y confidencialidad de la comunicación, la inviolabilidad de la familia, el derecho a atender quejas y peticiones, el derecho a participar en la vida cultural de la sociedad, el derecho a bienes y servicios de calidad, a la propiedad en todas sus formas y funcional y social y responsabilidad ambiental, derecho a vivir en un ambiente sano e identidad.
El derecho a la libertad también incluye disposiciones relativas a los diferentes tipos de familia, la definición de matrimonio, uniones de hecho y disposiciones que protegen los derechos de los miembros de la familia.
Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
Artículo 57: Entre otros, se reconocen y garantizan las comunidades, sociedades, pueblos y pueblos indígenas. el derecho a mantener las tierras y territorios ancestrales en posesión y recibir sus recompensas sin compensación.
Artículo 60: Los pueblos ancestrales, indígenas, afroecuatorianos y montubbios pueden crear circunscripciones territoriales para proteger su cultura. La ley regulará su construcción.