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NORMATIVIDAD DE SEGURIDAD E HIGIENE Y CALIDAD DE VIDA EN EL TRABAJO.
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NORMATIVIDAD DE SEGURIDAD E HIGIENE Y CALIDAD DE VIDA EN EL TRABAJO.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-STPS-2008, EDIFICIOS, LOCALES, INSTALACIONES Y AREAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO-CONDICIONES DE SEGURIDAD.
Objetivo: Establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos a los trabajadores.
Campo de aplicación: La presente Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.
Resumen de su contenido: Tiene por objeto establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos a los trabajadores.
Regula, entre otras cuestiones, las obligaciones del trabajador y de los empleadores, los requisitos de seguridad en el centro de trabajo, las condiciones de seguridad en el funcionamiento de los sistemas de ventilación artificial, los requisitos de seguridad en el tránsito de vehículos y el procedimiento para la evaluación de la conformidad.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-STPS-1999, SISTEMAS DE PROTECCION Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD EN LA MAQUINARIA Y EQUIPO QUE SE UTILICE EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
Objetivo: Establecer las condiciones de seguridad y los sistemas de protección y dispositivos para prevenir y proteger a los trabajadores contra los riesgos de trabajo que genere la operación y mantenimiento de la maquinaria y equipo.
Campo de su aplicación: La presente Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros trabajo que por la naturaleza de sus procesos empleen maquinaria y equipo.
Resumen de su contenido:
Obligaciones del patrón:
Mostrar a la autoridad laboral, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar. Elaborar un estudio para analizar el riesgo potencial generado por la maquinaria y equipo. Elaborar el Programa Específico de Seguridad e Higiene para la Operación y Mantenimiento de la Maquinaria y Equipo, darlo a conocer a los trabajadores y asegurarse de su cumplimiento; Contar con personal capacitado y un manual de primeros auxilios. Señalar las áreas de tránsito y de operación. Dotar a los trabajadores del equipo de protección personal. Capacitar a los trabajadores para la operación segura de la maquinaria y equipo, así como de las herramientas que utilicen para desarrollar su actividad.
Obligaciones de los trabajadores:
Participar en la capacitación que proporcione el patrón. Cumplir con las medidas que señale el Programa Específico de Seguridad e Higiene para la Operación y Mantenimiento de la Maquinaria y Equipo. Reportar al patrón cuando los sistemas de protección y dispositivos de seguridad de la maquinaria y equipo se encuentren en mal estado. Utilizar el equipo de protección personal de acuerdo a las instrucciones de uso. Usar el cabello corto o recogido, manga corta, y no usar accesorios. Reportar al patrón cualquier anomalía de la maquinaria y equipo que pueda implicar riesgo.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-002-STPS-2010, CONDICIONES DE SEGURIDAD - PREVENCION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO INDICE.
Objetivo: Establecer los requerimientos para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.
Campo de aplicación: La presente Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.
Resumen de su contenido: Establece las obligaciones de patrones y trabajadores para evitar que un accidente provoque fuego en sus diferentes clasificaciones. Conforme la normatividad, al patrón corresponde clasificar el riesgo de incendio en sus plantas, la identificación de las principales áreas o zonas del centro de trabajo con riesgo de incendio, debido a la presencia de material inflamable, así como la ubicación de medios de detección de fuego, y de equipos y sistemas fijos como rociadores automáticos. También, se tienen que señalar las rutas de evacuación, lugares seguros; además de la ubicación del equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas, deben contar con un plan de atención a emergencias de fuego y un programa de capacitación anual Es fundamental, la realización de simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al año.
Por su parte, los trabajadores tienen la responsabilidad de cumplir con las instrucciones de seguridad y medidas de prevención y protección contra incendios; al igual que participar en las actividades de capacitación y entrenamiento que el patrón les proporciona. Deben auxiliar en la respuesta a emergencias que se presenten en el centro de trabajo, Participarán, además, en las brigadas contra incendio y en los simulacros.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-036-1-STPS-2018, FACTORES DE RIESGO ERGONÓMICO EN EL
TRABAJO-IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS, PREVENCIÓN Y CONTROL. PARTE 1: MANEJO MANUAL DE
CARGAS.
Objetivo: Establecer los elementos para identificar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgo ergonómico en los centros de trabajo derivados del manejo manual de cargas, a efecto de prevenir alteraciones a la salud de los trabajadores.
Campo de aplicación: La presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo donde existan trabajadores cuya actividad implique realizar manejo manual de cargas de forma cotidiana (más de una vez al día). 2.1 Esta Norma no aplica en actividades de manejo manual de cargas menores a 3 kg.
Resumen de su contenido:
Será indispensable aplicar la NOM-036-1 de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social en todos los espacios de trabajo donde se realicen operaciones que impliquen transportar, levantar, empujar, bajar, jalar, colocar o estibar cargas de un peso mayor a 3 kg.
Esta norma también prevé diversos tipos de cargas dependiendo la edad y el género. La norma, en su guía de referencia, trata de abarcar todas las casuísticas que pueden producirse durante la manipulación de cargas: Tareas estáticas de levantamiento y descenso de carga.
Tareas de levantamiento y transporte manual de cargas. Tareas de levantamiento y descenso de carga entre varias personas.
Tareas de empuje y arrastre de cargas sin uso de equipo auxiliar.
Tareas de empuje y arrastre de cargas con uso de equipo auxiliar.
– CRITERIO 1: Determina el peso máximo de las operaciones de levantamiento de cargas en función del género y la edad de los trabajadores, según la tabla mostrada a la derecha. Para la población mayor de 45 años se establece que, en caso de tener una condición física adecuada, corroborada por un médico, el límite de peso podrá asimilarse al de la población entre 18 y 45 años.
–CRITERIO 2: Las empresas están obligadas a contar con un protocolo de trabajo establecido. Para ello, es necesaria una evaluación del puesto de trabajo, a partir de la cual se elaborará una descripción detallada del manejo manual de cargas, de forma que se realice de forma responsable y se utilicen las técnicas adecuadas para minimizar el riesgo ergonómico en el desarrollo de las tareas.
–CRITERIO 3: Los centros de trabajo deben seguir las medidas de prevención, además de encargar el proceso de carga manual y su manejo al personal con las aptitudes físicas adecuadas, avaladas por especialistas médicos. y los exámenes aplicados.
En resumen, las reglas de aplicación obligatoria son:
1.- Realizar un análisis de los factores de riesgo ergonómicos.
2.- Adoptar medidas de prevención y control para reducir o eliminar los factores de riesgo ergonómico.
3.- Vigilar la salud de los trabajadores expuestos (aplicación de exámenes médicos).
4.-. Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por el manejo manual de cargas.
5.- Capacitar y adiestrar al personal expuesto en los procedimientos de seguridad y prácticas de trabajo seguro. 6.- Registrar las medidas preventivas adoptadas y los exámenes aplicados.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-STPS-2018, FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL
TRABAJO-IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y PREVENCIÓN
Objetivo: Establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
Campo de su aplicación: La presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.
Resumen de su contenido: Establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo. Las disposiciones de esta norma aplican de acuerdo con el número de trabajadores que laboran en el centro de trabajo. Derivado de lo anterior, existen tres niveles: Centros de trabajo donde laboran hasta 15 trabajadores; Centros de trabajo donde laboran entre 16 y 50 trabajadores, y centros de trabajo donde laboran más de 50 trabajadores. Por lo que el centro de trabajo debe determinar en qué nivel se encuentra, para que cumpla con las disposiciones que le corresponden de acuerdo con el número de trabajadores que emplea. La NOM 035 entra en vigor en dos etapas, las cuales delimitan los requisitos con los que los centros de trabajo tendrán que dar cumplimiento: 1ª. Etapa – 23 de octubre de 2019La política; las medidas de prevención; la identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos, y la difusión de la información. 2ª. Etapa – 23 de octubre de 2020 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial; la evaluación del entorno organizacional; las medidas y acciones de control; la práctica de exámenes médicos, y los registros.