Según el artículo 3 de la Constitución de 1972 "El territorio de la República de Panamá comprende la Superficie Terrestre, El Mar territorial, la Plataforma Continental Submarina, el Subsuelo y el espacio aéreo entre Colombia y Costa Rica, de acuerdo con los tratados de Limites celebrados por Panamá y esos Estados".
"El territorio Nacional no podrá ser jamás cedido, traspasado o enajenado, ni temporal, ni parcialmente, a otro Estado".