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bolilla 7, PROCEDIMIENTO ESPECIAL DOBLE LECTURA, JUICIO POLITICO, JUICIO…
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JUICIO POLITICO
SON PASIBLES DE JUICIO POILITICO; EL GOBERNADOR, EL VICE, EL PRESIDENTE DEL TSJ, MINISTROS DEL EJECUTIVO, FISCAL GENERAL Y FISCAL EJECUTIVO Y DEFENSOR DEL PUEBLO
CAUSALES : MAL DESEMPEÑO, DELITO EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, INCAPACIDAD FISICA O PSIQUICA SOBREVENIDA, INDIGNIDAD
JUICIO POLITICO EN EL SISTEMA BICAMERAL : LA CAMARA DE DIPUTADOS ES LA ENCARGADA DE ACUSAR Y PARA ELLO SE REQUIERE EL VOTO DE 2/3 MIEMBROS PRESENTES. LA CAMARA DE SENADORES ES LA QUE JUZGA Y NECESITA MAYORIA AGRAVADA, EL JUICIO ES PUBLICO. CUANDO EL ACUSADO ES EL VICE O GOB. QUIEN PRESIDE ES EL PRESIDENTE DEL TSJ. EL JUICIO NO DEBE DURAR MAS DE 4 MESES
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PROMULGACION: PODER EJECUTIVO, PERFECCIONA LA LEY Y ORDENA SU PUBLICACION
EL PODER EJECUTIVO TIENE DERECHO A VETAR TOTAL O PARCIALMENTE UN PROYECTO DE LEY, SIENDO ASI VUELVE A LA LEGISLATURA,
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POR COMISIONES: UNA VEZ QUE EL PROYECTO ES ANALIZADO Y VOTADO POR LA MAYORIA DE LA COMISION, LO REMITE A PLENARIO DE LA CAMARA
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SANCION : PODER LEGISLATIVO , LE DA FUERZA DE LEY A UNA NORMA
PUBLICACIÓN : A CARGO DEL PODER EJECUTIVO, SE PUBLICA EN EL BOLETÍN OFICIAL
SI LO VETA TOTALMENTE Y EL PODER LEGISLATIVO LO ACEPTA, SE RECHAZA EL PROYECTO Y NO SE VUELVE A TRATAR, SINO ESTUVIESE CONFORME, VUELVE A LA LEGISLATURA CON EL VOTO DE 2/3 PARTES DE SUS MIEMBROS PRESENTES
SI LO VETA PARCIALMENTE Y LA LEGISLATURA ESTUVIESE CONFORME, SE CONVIERTE EN LEY CON LAS MODIFICACIONES QUE HIZO EL PODER EJECUTIVO, SI NO ESTUVESE CONFORME PUEDE INSISTIR CON EL VOTO DE 2/3 PARTES DE MIEMBROS PRESENTES
LA PROMULGACION PUEDE SER EXPRESA O TACITA ( SI NO ES VETADO DENTRO DE LOS 10 DIAS HABILES DE SU SANCION)
VIGENCIA; LAS LEYES TIENEN VIGENCIA A PARTIR DEL DÍA DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL, LA REGLA ES QUE NO TIENEN IRRETROACTIVIDAD