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MANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL - Coggle Diagram
MANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Tiene como propósitos mostrar los conceptos básicos, los elementos que lo integran y las bases técnicas y metodológicas en que debe sustentarse para que su funcionamiento operativo.
Lo cual permita generar en forma automática y en tiempo real:
Estados de ejecución presupuestaria, contables y económicos, encuadrados en la Ley, en el marco conceptual, los postulados básicos y las características técnicas del sistema ya aprobadas por el CONAC.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Contabilidad, el Manual de Contabilidad está integrado por: “
Los documentos
Conceptuales
Metodológicos
Operativos
Que contienen, como mínimo, su finalidad, el marco jurídico, lineamientos técnicos, el catálogo de cuentas y la estructura básica de los principales estados financieros a generarse por el sistema”.
Constituye la base normativa mínima del nuevo modelo de Contabilidad Gubernamental
Sistema de Contabilidad Gubernamental
El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) aplicable a los entes públicos federales, estatales y municipales.
La cual tiene por objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización a nivel nacional
Está integrado por el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos técnicos utilizados para:
recopilar,
valuar,
procesar
y exponer los hechos económicos que afecten o puedan llegar a afectar el patrimonio de las entidades públicas.
Plan de cuentas
Su objetivo es proporcionar a los entes públicos, los elementos necesarios que les permita:
Contabilizar sus operaciones,
Proveer información útil en tiempo y forma,
Para la toma de decisiones por parte de los responsables de administrar las finanzas públicas,
Para garantizar el control del patrimonio
Así como medir los resultados de la gestión pública financiera
Para satisfacer los requerimientos de todas las instituciones relacionadas con el control, la transparencia y la rendición de cuentas
El Plan de Cuentas que se presenta comprende la enumeración de cuentas ordenadas sistemáticamente e identificadas con nombres para distinguir un tipo de partida de otras, para los fines del registro contable de las transacciones.
Base de Codificación
El código de cuentas ha sido diseñado con la finalidad de establecer una clasificación, flexible, ordenada y pormenorizada de las cuentas de mayor y de las subcuentas que se debe utilizar para el registro contable de las operaciones del ente público.
La estructura presentada en este documento, permite formar agrupaciones, el cual se conforma de 5 niveles de clasificación
GENERO: Considera el universo de la clasificación
GRUPO: Determina el ámbito del universo en rubros compatibles con el género en forma estratificada
. RUBRO: Permite la clasificación particular de las operaciones del ente público
CUENTA: Establece el registro de las operaciones a nivel cuenta de mayor
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Estructura
Se conforma por los siguientes géneros:
Activo
Pasivo
Hacienda Pública/Patrimonio
Ingresos y otros beneficios
Gastos y otras pérdidas
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Instructivo de Manejo de Cuentas
Tienen como propósito indicar la clasificación y naturaleza, y las causas por las cuales se pueden cargar o abonar cada una de las cuentas identificadas en el catálogo, las cuentas que operarán contra las mismas en el sistema por partida doble e indica cómo interpretar el saldo de aquéllas.
Se dan a conocer las instrucciones para el manejo
de cada una de las cuentas que componen el Plan de Cuentas
Guía Contabilizadora
Su propósito es orientar el registro de las operaciones contables a quienes tienen la responsabilidad de su ejecución, así como para todos aquellos que requieran conocer los criterios que se utilizan en cada operación
En dichas guías los registros se ordenan por proceso administrativo/financiero y se muestra en forma secuencial los asientos contables que se deben realizar en sus principales etapas
Deben mostrar los momentos de registro contable de cada uno de los
procesos administrativo/financieros del ente público
Estados e informes contables, programáticos y presupuestarios
En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, las entidades de la Administración Pública Paraestatal y los órganos autónomos, permitirán en la medida que corresponda, la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala:
Información contable:
Estado de situación financiera;
Estado de variación en la hacienda pública;
Estado de cambios en la situación financiera;
Informes sobre pasivos contingentes;
Notas a los estados financieros;
Estado analítico del activo;
Estado analítico de la deuda y otros pasivos,
Información presupuestaria:
Estado analítico de ingresos,
Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos,
Endeudamiento neto,
Intereses de la deuda,
Un flujo de fondos
Información programática;
Gasto por categoría programática;
Programas y proyectos de inversión;
Indicadores de resultados,
Notas a los Estados Financieros
Son parte integral de los mismos; éstas deberán revelar y proporcionar información adicional y suficiente que amplíe y dé significado a los datos contenidos en los reportes
Señalar las bases técnicas en las que se sustenta el registro, reconocimiento y presentación
de la información presupuestaria, contable y patrimonial;
Destacar que la información se elaboró conforme a las normas, criterios y principios técnicos emitidos por el consejo y las disposiciones legales aplicables, obedeciendo a las mejores prácticas contables;
Contener información relevante del pasivo, incluyendo la deuda pública, que se registra, sin
perjuicio de que los entes públicos la revelen dentro de los estados financieros;
Establecer que no existen partes relacionadas que pudieran ejercer influencia significativa
sobre la toma de decisiones financieras y operativas, y
Proporcionar información relevante y suficiente relativa a los saldos y movimientos de las
cuentas consignadas en los estados financieros.
Incluir la declaración de responsabilidad sobre la presentación razonable de los estados
financieros;