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NORMA Oficial Mexicana NOM-230-SSA1-2002, Salud Ambiental. - Coggle Diagram
NORMA Oficial Mexicana NOM-230-SSA1-2002, Salud Ambiental.
Objetivo Principal
Que los abastecimientos públicos y privados de manejo de agua cumplan con los requisitos sanitarios para el uso y consumo humano del agua, así como los procedimientos sanitarios para su muestreo.
Especificaciones
De pozos
El ademe debe sobresalir cuando menos 0.50 m por encima del nivel del terreno natural o sobreelevado.
El contraademe debe sobresalir 0.20 m, del nivel del terreno natural o sobreelevado, o bien 0.50 m, dependiendo del diseño del pozo.
Brocal, cuyo tipo y dimensiones serán de acuerdo al diseño del pozo.
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Para sistemas de abastecimiento de agua, público o privado:
Las obras de captación, tanques de almacenamiento o regulación, plantas potabilizadoras y estaciones de bombeo, deben protegerse mediante cercas de malla de alambre o muros que impidan la introducción de desechos sólidos, líquidos o excretas y el paso de animales.
En función de las características de construcción las obras de captación, tanques de almacenamiento, regulación y estaciones de bombeo, deben protegerse de contaminación exterior debida a escurrimientos o infiltraciones de agua u otros vectores.
Las áreas interiores de estaciones de bombeo y plantas potabilizadoras deben mantenerse siempre aseadas.
Las instalaciones destinadas al almacenamiento y aplicación de desinfectantes, sea cloro, compuestos de cloro u otros productos químicos, se deben mantener con el piso seco y ventilación adecuada que permita circulación cruzada del aire.
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Puntos Criticos
De acuerdo a las especificaciones y dependiendo del incumplimiento será la acción a tomar, las cuales pueden ser las siguientes:
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En caso de contaminación en el proceso de muestra, se deberá realizar nuevamente por completo.
Si el abastecimiento de agua público se ve comprometido, se deberá dar aviso a las autoridades para prevención ciudadana.