Se encuentra establecido en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos 26 y 254, en su última parte el Artículo 26 señala: …El Estado garantizara una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismo o reposiciones inútiles; y el artículo 254 así mismo señala la gratuidad al establecer su independencia financiera y que el poder judicial no está facultado para establecer tasas, aranceles, ni exigir pago alguno por sus servicios