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Garantías Constituciales - Coggle Diagram
Garantías Constituciales
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Surgen a partir de la constitucionalización del derecho procesal que buscan garantizar derechos relacionados a libertades, datos, derechos sociales, etc.
El artículo 200 de la Constitución se refiere a estas, entre ellas podemos encontrar:
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Hábeas corpus
Protege todas las libertades básicas o individuales por parte de autoridades o funcionarios públicos.
procede ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos.
Acción de amparo
Protege todos los derechos los cuales no están relacionados con la libertades ya sean individuales o de información
Procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución, con excepción contra normas legales ni contra Resoluciones Judiciales emanadas de procedimiento regular.
Hábeas data
Consiste en la democratización en la información, es decir, que ninguna persona sea privada de acceder a información básica o pública.
Procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el Artículo 2o, incisos 5 y 6 de la Constitución.
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Acción Popular
Aborda la jerarquía normativa pero primando, no solo a la Constitución, sino también a la ley.
Procede, por infracción de la Constitución y de la ley, contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen.
Acción de Cumplimiento
Es una figura que surge ante el incumplimiento de una autoridad de lo que está determinado por la una norma legal y acto administrativo
Procede contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo, sin perjuicio de las responsabilidades de ley.