Licencias: El trabajador tiene derecho a goce de licencias cuando: *ocurriere el fallecimiento del conyugue que se le dan 3 días. Cuando el trabajador contrae matrimonio, 5 días, por nacimiento de un hijo, dos días, cuando el empleador autorice expresamente los permisos. Para responder citaciones por el tiempo que dure, por desempeño de una función sindical que no exceda 6 días, para el ejercicio del derecho al voto, para asistir al IGSS