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Calificación de la demanda - Coggle Diagram
Calificación de la demanda
a) Declarar improcedente la demanda
Se declara improcedente cuando:
Advierta la caducidad del derecho;
No exista conexión lógica entre los hechos y el petitorio
El demandante carezca de interés para obrar.
Tenemos interés para obrar cuando
Se agotan por la vía directa todas las opciones de solución de conflictos
Entonces, se tiene la necesidad de la intervención del órgano jurisdiccional
El petitorio fuese jurídica o físicamente imposible.
En el caso de una compra venta en la luna.
El demandante carezca evidentemente de legitimidad para obrar.
La legitimidad para obrar es la posición habilitante para formular la pretensión o para que alguien se formule la misma
Ha de radicar necesariamente de la titularidad y obligaciones del derecho subjetivo material
b) Declarar inadmisible la misma
3.- El petitorio sea incompleto o impreciso.
El demandante debe de saber concretamente que es lo que quiere pedir
4.- Contenga una indebida acumulación de pretensiones.
2.- No se acompañen los anexos exigidos por ley.
A la demanda debe acompañarse los anexos de la demanda
Artículo 425.- Anexos de la demanda
1.- No tenga los requisitos legales.
Artículo 424.- Requisitos de la demanda
Debe de presentar oportunamente los requisitos de la demanda
c) Admitir a trámite la demanda
Es el primer acto jurídico procesal
Se da inicio al proceso.
Se declara cuando cumple con los requisitos formales y los requisitos de fondo