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CARTILLA LABORAL - Coggle Diagram
CARTILLA LABORAL
DERECHOS
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO: Todo contrato individual de trabajo debe tenerse por
celebrado por tiempo indefinido.
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SALARIOS MÍNIMOS: es la suma mínima que se debe pagar a una persona por el trabajo realizado dentro de un lapso determinado, esta garantizado por la ley para cubrir las necesidades mínimas del trabajador y su familia
DESCANSO SEMANAL: Todo trabajador tiene derecho a disfrutar de un día de descanso remunerado después de cada semana de trabajo.
DÍAS DE ASUETO: 1 de enero; jueves. viernes y sábado santo; 1 de mayo; 10 de mayo para madres; 30 de junio; 15 de septiembre; 20 de octubre; 1 de noviembre! 24 y 25 de diciembre; 31 de diciembre.
VACACIONES: Todo trabajador tiene derecho a vacaciones pagadas, cuya duración es de 15 días.
LICENCIAS: El trabajador tiene derecho a gozar licencias con goce de salarios, ej; el fallecimiento de algún ser querido.
AGUINALDO: Al 100% del sueldo mensual que los trabajadores devenguen por año de servicios continuos o la parte proporcional correspondiente
BONIFICACIÓN ANUAL: Conocida como bono 14, es una prestación laboral que todo empleador debe pagar a sus trabajadores adicional e independiente del aguinaldo.
BONIFICACIÓN INCENTIVO: la bonificación incentivo será de doscientos cincuenta quetzales que debe ser pagada junto al sueldo mensual devengado.
INDEMNIZACIÓN: Si un empleador despide injustamente o en forma indirecta a un trabajador, debe indemnizarlo.
PROTECCIÓN A LA MADRE TRABAJADORA: A la mujer trabajadora se le conceden diversos derechos para que pueda proteger su maternidad.
DERECHO DE SINDICALIZACIÓN: Para formar un sindicato de trabajadores, se requiere el consentimiento de por lo menos 20 o más trabajadores y para un sindicato de empleadores se necesita un mínimo de 5 empleadores.
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