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DERECHO TRIBUTARIO - Coggle Diagram
DERECHO TRIBUTARIO
FUENTES
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Leyes
En el Tiempo
Regirá desde el 1º día del mes siguiente a su publicación en el D.O. y se entiende conocida por todos. ART. 7 CC.
Excepciones al ART. 3 CT
Normas sobre infracciones y sanciones, se aplica la nueva ley.
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Tasa del interés moratorio será la que rija al momento del pago de la deuda a que ellos accedan, cualquiera que fuere la fecha en que hubieren ocurrido los hechos gravados
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Incluye leyes simples, LOC, LQC, DFL, DL, Contratos Leyes (leyes en virtud de las cuales el Estado se obliga a un cierto tratamiento tributario).
Interpretacion
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Tipos
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Administrativa: Director Nacional interpreta a tarves de circualres, oficios o dictamenes (resoluciones exentas).
Es fuente MEDIATA de los IMPUESTOS, pues es la unica que puede establecer un tributo.
En el Territorio
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Leyes aplicables
ART. 16, 1º CC: “bienes situados en Chile están sujetos a las leyes chilenas, aunque sus dueños sean extranjeros y no residan en Chile”.
ART. 14 CC: “La ley es obligatoria para todos los habitantes de la República, inclusos los extranjeros”.
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Constitución
No Confiscatoriedad
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Doctrina ha señalado que sería desproporcionado que se cobre una tasa de impuesto que sea sobre 50% (Teoría de Estado socio).
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No Afectación
Impuestos se recaudan e ingresan al patrimonio de la nación para que el Estado decida como gastar esos recursos de acuerdo con la ley de presupuestos anuales.
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Juridicidad
Órganos de la Administración del Estado deben someterse siempre a la CPR y no pueden tener o realizar nada si no están expresamente facultados o autorizados por ley.
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CONCEPTOS
Impuestos
Definicion
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Clase de tributo regido por derecho público, que se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria.
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Derecho Tributario
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Rama del derecho que regula la aplicación de los tributos, poderes de la autoridad, deberes y obligaciones de los contribuyentes y de los organismos del Estado en relación al cumplimiento de los tributos que impone la ley.
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Tributo
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Vínculo jurídico cuya fuente mediata es la ley que nace con motivo de ocurrir los hechos descritos en ella, y en cuya virtud personas determinadas deben entregar al Estado ciertas sumas de dinero, también determinada, para la satisfacción de necesidades colectivas.
Clases de tributos
Derechos habilitantes
Gravamen en virtud de cuyo pago el contribuyente queda autorizado para hacer algo que de otra manera le estaría prohibido (se paga por el derecho de hacer algo).
Impuestos
Gravamen o pago que un contribuyente se ve obligado a realizar a favor del Fisco por haber incurrido en alguno de los hechos descritos en la ley.
Contribuciones
Gravamen que tiene por objeto distribuir entre ciertos contribuyentes los gastos provenientes de la realización de obras o servicios que los benefician colectivamente de una manera especial respecto al resto de la sociedad
Tasas
Contraprestación de un privado en favor del Estado, por la prestación de un servicio en beneficio de ese contribuyente en particular
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