8° El importe de las multas que imponga la autoridad escolar en los casos de los artículos 17, 18, 20 y 21, las cuales en ningún caso podrán exceder de cien pesos moneda nacional, ni ser menores de cinco pesos moneda nacional por cada falta8° El importe de las multas que imponga la autoridad escolar en los casos de los artículos 17, 18, 20 y 21, las cuales en ningún caso podrán exceder de cien pesos moneda nacional, ni ser menores de cinco pesos moneda nacional por cada falta