La propiedad fiduciaria nace de una disposición unilateral del propietario que ordinariamente es el testamento y quedara diferido en el tiempo, pero puede prevenir también de un contrato en el que, desde el principio, la partes convengan en generar esta forma de propiedad, contrato que puede tener carácter oneroso , pero lo corriente es que sea gratuito, una donación es puede irrevocable o revocable, y en este último caso la revocabilidad es otra condición resolutoria del fidecomiso