2.6 Cosas divisibles e indivisibles
Las cosas son divisibles por naturaleza cuando las partes resultantes de la división conservan la misma naturaleza y función económica que el todo, y tienen un valor proporcional. Son indivisibles, en cambio, cuando, como consecuencia de la división resulte la cosa inservible para el uso a que se la destina, o desmerezca sensiblemente. Por otro lado, una cosa naturalmente divisible puede no serlo cuando, por razones de política legislativa, la ley prohíbe su división