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ELEMENTOS ACCIDENTALES DE LOS CONTRATOS Modalidades de los Negocios…
ELEMENTOS ACCIDENTALES DE LOS CONTRATOS
Modalidades de los Negocios Jurídicos
La Condición y el Plazo
CONCEPTO
Son modificaciones a los efectos naturales
de los actos jurídicos introducidas por la voluntad de las partes
Son estipulaciones incluidas por la voluntad de las partes en el negocio jurídico y que determinan los efectos que éste puede producir
CLASES
AUTOLIMITACIONES VOLUNTARIAS
Dónde la
autonomía de la voluntad se restringe así misma
Son requisitos voluntarios de la
eficacia de acto
CONDICIÓN
Acontecimiento futuro
INCIERTO
del cual depende el
nacimiento/extinción
de un derecho
FUTURO
Se asegura la incertidumbre objetiva de la condición
INCIERTO
Debe ser contingente
Puede o no realizarse
PLAZO
Acontecimiento futuro
CIERTO
del cual depende el
nacimiento/ extinción
de un derecho
DETERMINACIONES O DISPOSICIONES ACCESORIAS
No se constituye en un requisito
de
eficacia
MODO O CARGO
Obligar al destinatario de una atribución gratuita a cumplir una determinada prestación
Implica que se está dando una carga a la
persona de carácter gratuito
Te voy a regalar algo, siempre y cuando hagas esto
CONDICIÓN
CONDICIÓN SUSPENSIVA
Es el acontecimiento futuro e incierto del cual depende el nacimiento de un derecho
Los efectos de la condición suspensiva cumplida se retrotraen al momento en que se celebró el contrato, salva voluntad contraria manifestada por las partes, o que resulta otra cosa por la naturaleza de la relación jurídica.
Cuando la condición es suspensiva y el acontecimiento no se produce dentro del plazo fijado, o se tiene certeza de que ya no sucederá, se considera que el contrato no ha existido
CONDICIÓN RESOLUTIVA
Es el acontecimiento futuro e incierto del cual depende la extinción de un derecho
CONDICIÓN CASUAL
Hecho ajeno al obligado
Te vendo la empresa, siempre y cuando no haya perdonazo tributario
Depende de un acontecimiento futuro e incierto
CONDICIÓN POTESTATIVA
Obligado a tener el control
Depende de la voluntad del obligado
Ej. Nacionalidad
CONDICIÓN MIXTA
Condicionarlo a algo que se pueda realizar
Matrimonio
Depende de un acontecimiento futuro e incierto y de la voluntad del obligado
CONDICIÓNES ILÍCITAS O IMPOSIBLES
TIPOS
CONDITIO IURIS
Origen en la Ley
No es una condición o modalidad
Son requisitos legales
de eficacia del contrato
Ej.
Debe existir la cosa futura para que exista el contrato
CONDITIO FACTI
Son circunstancias externas al negocio
Su presencia en el negocio
depende de la voluntad de las partes
Constituye a la
modalidad-condición
del negocio jurídico