Art. 2. Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de laproducción y la justicia socia, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones
laborales.
Trabajo digno o decente: en el que se respeta la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador.