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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA Y SECRETARIAS DE ESTADO, Elaborado por…
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA Y SECRETARIAS DE ESTADO
La administración central federal
El Poder Ejecutivo Federal en México se deposita en el presidente de la república.
La administración pública descentraliada la conforman la presidencia de la república, las secretarias de estado y la consejería jurídica.
Lor requisitos para ser presidente de la república se encuentran en los arts. 82 y 83 de la CPEUM.
Las facultades del presidente de la república tanto en su carácter de jefe de gobierno como de jefe de estado las encontramos reguladas en el art. 89 en la CPEUM.
Las unidades dependientes de forma directa del presidente son:
Consejería jurídica.
Oficina de la presidencia de la república.
Coordinación de comunicación social.
Estado mayor presidencial.
Secretaría particular.
La oficina de la presidencia de la república cuenta con:
Coordinación de gabinetes y proyectos especiales.
Coordinación de estrategia y mensaje gubernamental.
Coordinación de opinión pública.
Coordinación de asesores.
Coordinación general de administración.
La consejería jurídica del ejecutivo federal es una oficina de apoyo presidencial
El titular de la consejería jurídica dependerá de modo directo del presidente de la república, quien lo nombrará y removerá de manera discrecional.
Para ser consejero jurídico se deben cumplir los mismos requisitos que para ser procurador general de la república.
La consejería jurídica se regirá por los ordenamientos acerca de presupuesto contabilidad y gasto público federal, aplicables a las dependencias del ejecutivo.
El presidente de la república como funcionario administrativo es el jefe superior de toda la administración pública federal.
El presidente de la república como funcionario político es jefe de estado y jefe de gobierno.
La secretaría del estado y su titular
La secretaría de estado es un órgano administrativo centralizado, que se encuentra previsto en el art. 90 de la CPEUM, con competencia para atender los asuntos que la ley le asigne de una determinada rama de la administración pública.
El secretario de estado es el titular de una secretaría de estado (dependencia centralizada del poder ejecutivo); ocupa el nivel más alto dentro de la jerarquía de una dependencia; es colaborador directo del jefe de gobierno y tiene ciertas obligaciones frente a los órganos legislativos.
La diferencia fundamental entre secretario de estado y ministro radica en que el primero no es responsable frente al órgano legislativo, mientras que el ministro si tiene plena responsabilidad responsabilidad ante el parlamento.
Evolución histórica de las secretarias de estado
Ley de Secretaría y Departamentos de Estado del 14 de abril de 1917.
-De estado, tenían competencia de las actuales secretarías de gobernación y relaciones exteriores.
-Hacienda y crédito público.
-Guerra y marina.
-Comunicaciones.
-Fomento.
Industria y comercio.
Ley de Secretarías y Departamentos de Estado del 31 de diciembre de 1917.
-Gobernación.
-Relaciones exteriores.
-Hacienda y crédito público.
-Guerra y marina.
-Agricola y fomento.
-Comunicaciones y obras públicas.
-Industria, comercio y trabajo.
Ley de Secretarías de Estado, Departamentos Administrativos y demás Dependencias del Poder Ejecutivo del 6 de abril de 1934.
Secretarías:
-Gobernación.
-Relaciones exteriores.
-Hacienda y crédito público.
-Guerra y marina.
-Seguridad nacional.
-Agricultura y fomento.
-Comunicaciones y obras públicas.
-Educación pública.
Otras dependencias:
-Procuraduría general de la república.
-Procuraduría del distrito y territorios federales.
-Gobiernos de los territorios federales.
Ley de Secretarías y Departamentos de Estado del 31 de diciembre de 1935.
-Gobernación.
-Relaciones exteriores.
-Hacienda y crédito público.
-Guerra y marina.
-Economía nacional.
-Agricultura y fomento.
-Comunicaciones y obras públicas.
-Educación pública.
Ley de Secretarías y Departamentos de Estado del 30 de diciembre de 1939.
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Competencias de las secretarias de estado
Secretaría de Economía (Art. 34, LOAPF).
Autoriza las especifi caciones para construir obras para el uso de energía eléctrica y el transporte y suministro de gas.
Fija los precios de los productos de consumo popular que estén sujetos a control.
Otorga concesiones y asignaciones para explorar y explotar minas.
Procura el abasto de productos básicos.
En coordinación con la secretaría de hacienda, otorga estímulos a la producción y distribución de productos básicos.
Establece la política mexicana para las negociaciones internacionales de carácter comercial.
Estimula y regula el desarrollo del comercio interior y exterior.
Determina las áreas donde pueden establecerse zonas industriales y fomenta la industria en general.
Interviene en los sistemas de protección al consumidor y a la propiedad industrial.
Vigila el cumplimiento del sistema de normas de calidad.
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca, y Alimentación (Art. 35, LOAPF).
Política y estudios del desarrollo rural para elevar el nivel de vida de las familias del campo.
Empleo rural para fomentar la productividad.
Inversión en el sector rural, creación de empresas de productores rurales.
Campaña de sanidad y normas ofi ciales de sanidad animal y vegetal.
5.Educación e investigación en agricultura, ganadería, apicultura, avicultura y silvicultura; además, congresos, ferias y concursos en esos rubros.
Asistencia técnica y capacitación para productores rurales y artesanales.
Infraestructura industrial y comercial de la producción agropecuaria.
Técnicas para la conservación de suelos agrícolas, pastizales y bosques, así como de obras de irrigación.
Actividad pesquera.
Estímulos fi scales y fi nancieros para la producción rural.
Secretaría de Salud (Art. 39 LOAPF).
Establece la política de asistencia social, servicios médicos y salubridad.
Aplica los fondos que le otorguen para salud y asistencia pública.
Administra los bienes y recursos fi nancieros para la atención de los servicios de asistencia pública.
Norma, coordina y evalúa el sistema nacional de salud.
Organiza y administra servicios sanitarios en la república, inclusive campañas contra las adicciones.
Dirige la policía sanitaria, así como la policía especial en puertos, costas y fronteras.
Realiza el control de comestibles y bebidas.
Control de medicamentos.
Organiza congresos sanitarios y asistenciales.
Regula la higiene veterinaria que pueda afectar la salud humana.
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Art. 32 bis, LOAPF).
Ecosistemas, recursos naturales, bienes y servicios ambientales.
Áreas naturales protegidas.
Protección ambiental.
Reforestación y restauración ecológica.
Manejo de materiales y residuos peligrosos.
Cacería y fl ora y fauna silvestres.
Cuencas hidráulicas, vasos, manantiales y otras aguas federales.
Sistemas de agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
Posesión de playas, zona marítimo terrestre y terrenos ganados al mar.
Servicio meteorológico.
Secretaría de la Defensa Nacional (Art. 29, LOAPF).
Ejército mexicano y la fuerza aérea.
Organizar el servicio militar nacional.
Formular y ejecutar planes para la defensa de la república.
La administración de cuarteles, hospitales militares y armamentos.
Asesorar militarmente la construcción de vías de comunicación.
Administrar justicia militar y dirigir la educación profesional de los miembros del ejército.
Intervenir en la importación y exportación de armamento.
Expedir permisos para portar o almacenar armas de fuego.
Otorgar permisos para exploraciones científi cas extranjeras al territorio nacional.
Prestar auxilio a la población civil.
Secretaría de Energía (art. 33, LOAPF).
Política energética.
Petróleo.
Otros hidrocarburos.
Energía nuclear.
Expropiaciones para energéticos.
Recursos naturales.
Electricidad.
Materiales radiactivos.
Petroquímica.
Ahorro en el consumo de energía.
Secretaría de Educación Pública (art. 38, LOAPF).
Enseñanza en todos sus niveles.
Escuelas ofi ciales del Distrito Federal y de la federación.
Bibliotecas, museos y relaciones culturales internacionales.
Correcto desempeño de las profesiones, revalidar estudios y títulos.
Patrimonio histórico y cultural de la nación.
Actos deportivos, teatrales y cinematográficos.
Capacitación y adiestramiento, orientación vocacional, enseñanza abierta, acreditación de estudios y becas.
Criterios educativos para el cine, radio, televisión e industria editorial.
Promoción del deporte y la participación juvenil.
Registro de la propiedad autoral.
Elaborado por: Tanya Vanessa Zuñiga Ochoa.