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Títulos nominativos., Un título nominativo es aquel documento de crédito…
Títulos nominativos.
Características.
Incorporación.
Consiste en que el derecho está inserto o constituido en el documento; es decir, que el documento y el derecho que representa están unidos de tal forma que no se puede ejercitar el derecho si no se tiene el documento.
Legitimación.
Es la propiedad que tiene el título de crédito para facultar al que lo detenta para exigir del suscriptor la obligación contenida de él.
Literalidad.
Se le denomina a que la medida de los derechos y las obligaciones incorporados en el documento está en lo que aparece escrito en el mismo, sin que se puedan hacer valer derechos que no se encuentren en lo expresamente consignado en el título de crédito.
Autonomía.
Consiste en que hace inoponible al tenedor del título las excepciones personales que tenga el deudor en contra del beneficiario y los que hayan tenido con anterioridad al título.
Abstracción.
Se le define como la desvinculación del título de crédito con la relación fundamental que le dio origen.
Clasificación.
Abstractos y causales.
Los abstractos son aquellos que no señalan la causa que les dio origen.
Pueden ser causales, es decir, que expresen la causa por la que fueron emitidos.
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Crediticios, de participacion y representativos.
Los de participación son los que además del pago de una suma de dinero incorporan derechos referentes a la vida y funcionamiento de una sociedad.
Los representativos son aquellos que incorporan derechos de propiedad o de prenda sobre las mercancías depositadas en almacenes generales.
Individuales y seriales.
Los individuales son aquellos en los cuales se crea un solo título, diferente de otro y que representa la totalidad de la emisión. Los seriales son los creados en un solo acto de emisión, son varios y cada título representa una determinada parte del total de la emisión.
Un título nominativo es aquel documento de crédito que especifica qué persona física o jurídica queda al cargo de la deuda emitida
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