Base legal
La elaboración del Informe de Cumplimiento Tributario así como sus anexos y el encargado de realizarlo se encuentra en las siguientes normas:
Artículo 102 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Artículo 279 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Resolución No. NAC-DGERCGC15-00003218y sus reformas.
Responsabilidad de los auditores externos, promotores, asesores,
consultores y estudios jurídicos
Responsabilidad de los auditores externos
Normas para la elaboración y presentación del informe de cumplimiento tributario
Conceptos
Para la elaboración del Informe de Cumplimiento Tributario se debe tener en cuenta las siguientes definiciones
Responsable de la elaboracion
Como se elabora
El Informe de Cumplimiento Tributario
Es un documento que muestra la opinión del auditor respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias que mantenga un contribuyente sobre un período fiscal específico.
Deben elaborarlo las personas naturales o jurídicas calificadas como auditores externos
Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Superintendencia de Bancos
Superintendencia de Economía Popular y Solidaria
por la
Quienes hayan efectuado la auditoría de estados financieros por el ejercicio fiscal terminado al 31 de diciembre.
Se deben llenar ciertos documentos y papeles de trabajo con el fin de determinar o definir su criterio al momento de emitir su opinión sobre los estados financieros auditados.
Anexos del informe de cumplimiento tributario elaborados y firmados por el contribuyente auditado, en medio magnético
Reporte de diferencias del Informe de Cumplimiento Tributario realizado por el auditor externo
Opinión del auditor externo sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias y las recomendaciones sobre aspectos tributarios por el ejercicio fiscal terminado al 31 de diciembre
Informe de auditoría de estados financieros por el ejercicio terminado al 31 de diciembre, el cual deberá incluir la opinión del auditor y los estados financieros auditados
Se debe tomar en cuenta
Consideraciones
El contribuyente deberá entregar la información digital en CD/DVD no regrabables
Los documentos digitales deben ingresar con la carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital, que debe estar suscrita por el contribuyente, su representante legal o apoderado.
Quien suscriba la carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital es responsable por la información que ingresa al SRI a través de un medio magnético.
Antes de ingresar la información digital, el SRI verificará la existencia de códigos maliciosos, virus o cualquier amenaza informática; de existir alguno de estos, la información y el medio magnético no serán ingresados.