Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
FE PUBLICA Y SUS TIPOS, ACTIVIDAD 3, REBECA GPE. LOPEZ REYES - Coggle…
FE PUBLICA Y SUS TIPOS
-
La fe pública se dirige a la colectividad, por ello resulta vinculatoria. Debe constar en forma escrita a través de un documento. Es el estado quien ha creado la fe pública a fin de brindar seguridad jurídica a los ciudadanos.
El notario de origen cubano Pedro Verdejo Reyes señala, en relación a la fe pública:
“El fundamento de la fe pública notarial lo constituye la necesidad de certidumbre que deben tener los actos de los particulares, a fin de que el estado pueda proteger los derechos dimanantes de estos garantizándolos contra cualquier violación..."
-
CONCEPTO JURIDICO :
Las acepciones “fe pública” en sus contextos vulgar y jurídicos se contraponen pues en sentido vulgar fe significa dar crédito a lo manifestado por alguien aun cuando no sea una autoridad; esto es, es una actitud pasiva.
Por otro lado, dar fe en el contexto jurídico significa atestiguar un acto solemnemente; esto es, una acción positiva.
-
FUNDAMENTO
Como ya vimos anteriormente, la fe pública ha surgido en la sociedad para que el estado cumpla con sus fines, es decir, para brindar seguridad jurídica a la colectividad que es un derecho humano de todo ciudadano.
-
REQUISITOS, NOTAS O ACCIDENTES Y TIPOS DE FE PUBLICA
La dación de fe que el estado ha depositado en el notario público, requiere ciertos requisitos, conlleva ciertas notas o accidentes y puede ser de diferentes tipos y clases.
-
- NOTAS O ACCIDENTES DE FE PUBLICA
-
-
a. Notarial b. Judicial c. Mercantil d. Registral e. Consultar f. Administrativa g. Maritima h. Registro civil i. Agraria j. Legislativa k. De los archivos notariales l. Eclesiastiva m. De particulares n. De desarrollo urbano o. En condominios p. En materia de derechos humanos q. En materia electoral
-
-