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Suspensión, recisión y terminación de las relaciones de trabajo
Causas
Artículo 42 de esta Ley. Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:
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II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;
III. La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses del patrón, tendrá éste la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél;
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¿Cuáles son las causas por las cuales el patrón puede dar por terminada la relación de trabajo sin que exista responsabilidad de su parte?
Comprometa la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentran en él por su imprudencia o descuido.
Cometa actos inmorales, hostigamiento o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.
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Ocasione de forma intencional o negligente perjuicios materiales en los edificios, obras e instrumentos relacionados con el trabajo.
Tenga más de 3 faltas de asistencia en un periodo de 30 días sin causa justificada o sin permiso del patrón.
Incurra fuera del servicio en faltas de probidad u honradez o en actos de violencia graves en contra del patrón, sus familiares o personal directivo y administrativo, y que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo.
Desobedezca al patrón o a sus representantes sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado.
Incurra durante sus labores, en faltas de probidad u honradez o en actos de violencia en contra de sus compañeros siempre y cuando altere la disciplina del lugar de trabajo.
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Incurra durante sus labores, en faltas de probidad u honradez o en actos de violencia en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa, en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que haya habido provocación o que obre en defensa propia
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Engañe al patrón con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidades, aptitudes o facultades de las que carezca.
Tratándose de trabajadores de confianza, si existe un motivo razonable de pérdida de la confianza al trabajador por parte del patrón.
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¿Qué es la renuncia?
La renuncia o renuncia voluntaria es un término que se da en la práctica para referirse a la separación del trabajador de su trabajo, sin que incurra en responsabilidad, cuando el patrón realiza cualquiera de las conductas que dan lugar a la terminación de la relación laboral.
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