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Se realizan ajustes al concepto de Análisis Integral en los procesos de fiscalización de la DIAN.
Elimina la prohibición de realizar labores de transporte, consolidación y desconsolidación de carga y depósito para Agentes de Aduanas.
Ajustó los requisitos de habilitación y obligaciones de los Agentes de Aduana.
Se crea la figura del Usuario Aduanero con Trámite Simplificado (UAT).
Reafirma la expiración del plazo de vigencia de los Usuarios Aduaneros Permanentes (UAP) y los usuarios altamente exportadores (ALTEX) una vez finalice la emergencia sanitaria causada por el Covid-19.
Los nuevos UAT sustituyen a los “Usuarios Aptos” y adquieren una serie de beneficios y prerrogativas aduaneras de mayor alcance.
Se realizan cambios a las declaraciones de importación anticipadas en pro de facilitar y agilizar las operaciones aduaneras, en especial aquellas relacionadas con obras de infraestructura pública.
Se facilita el comercio electrónico al eliminar restricciones de valor y cantidad en las exportaciones por tráfico postal y en envíos urgentes.
Se realizan ajustes a algunas operaciones aduaneras de las zonas francas, en especial las relacionadas con la realización de pruebas técnicas de bienes en el país y la presentación de la Declaración Especial de Importación, cuando es requerido.
Se elimina el allanamiento a sanciones como causal de reincidencia.
Se aclara que las sanciones con base en el valor FOB se liquidan con base en la tasa de cambio de la fecha del Requerimiento Especial Aduanero.
Se realizan ajustes a las garantías globales y se establecen nuevos requisitos para la habilitación de depósitos públicos.
Se amplían los documentos soporte de las declaraciones de importación, incluyendo los documentos establecidos expresamente en disposiciones aduaneras o en normas especiales reguladas por otras autoridades.
Se regula de forma comprensiva la notificación electrónica en materia aduanera.