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Actividad 3: La norma fundante básica
Norma fundamental
Fuente común de validez de todas las normas pertenecientes a un mismo orden y constituye su unidad.
Validez de una norma jurídica
No resulta de su contenido, ninguna conducta huana se convierte por sí misma en objeto de una norma jurídica.Es válida si ha sido creada de una manera particular, según normas determinadas y de acuerdo a un método específico. Deriva el principio mismo de su creación.
Solo la validez de las normas de un orden jurídico pueden ser deducidas de su norma fundamental.
Hipótesis necesaria de todo estudio positivista del Derecho.
Validez del Derecho positivo
Su positividad reside en que el hecho de que proviene de un acto creador, siendo independiente de la moral y de sistemas normativos análogos.
Validez del Derecho natural (y de la moral)
Deducidas de una norma fundamental, que se considera como inmediatamente evidente.
La regla del Derecho
La forma típica en la cual toda la materia del Derecho positivo es presentada por la ciencia jurídica.
Hipótesis de una norma fundamental
Permite conferir un sentido jurídico a los materiales empíricos que se presentan al examen del jurista y considerarlos como formando un sistema de normas.
Contenido de la norma fundamental
Siendo de un orden jurídico particular depende de la naturaleza de los materiales a los cuales debe dar una significancia jurídica.
Validez
Contenido
Orden al cual corresponde.
En el caso de los Porkys, el federal.
Validez y eficacia de un orden jurídico
Un orden jurídico es válido cuando sus normas son creadas conforme a la primera Constitución, cuyo carácter normativo está fundado sobre la norma fundamental.
En el caso de los Porkys, el Congreso del Estado de Veracruz (Poder Legislativo de Veracruz), ergo la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, ergo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Derecho internacional
La norma fundamental de un Derecho nacional es una norma del Derecho internacional.
En la Situación problema, el Derecho penal internacional, o en el caso de la protección de menores de edad, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.
Validez y eficacia de una norma particular
Correspondencia general entre el orden y los hechos.
Este acto punible se mantiene como uno el que esta norma es necesaria para la protección de menores de edad.
Aireli Luna García
A01368786
Referencias
Kelsen, H. (2009). Teoría pura del Derecho. Buenos Aires: Elibros Net. pp. 111-126.