Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico :pen:. - Coggle Diagram
NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico :pen:.
Las notas en el expediente deberán expresarse en lenguaje técnico-médico, sin abreviaturas, con letra legible, sin enmendaduras ni tachaduras y conservarse en buen estado..
Todos los prestadores del servicio de atención medica de los establecimientos de los distintos sectores, tienen la obligación solidaria de integrar y conservar los expedientes clínicos, de tal forma que de no cumplir con esta se pueden incurrir en responsabilidad civil, administrativa y penal.
-
Tiene como objetivo establecer los criterios, objetivos y obligaciones del expediente clínico en México para el personal del área de la salud y los establecimientos prestadores de servicios de atención médica de los sectores público, social y privado, incluidos los consultorios.
El expediente clínico deberá contener los datos del establecimiento como tipo, nombre y domicilio del establecimiento y en su caso, nombre de la institución a la que pertenece y razón y denominación social del propietario o concesionario.
Asimismo, deberá contener nombre, sexo, edad y domicilio del paciente y demás que señalen las disposiciones sanitarias
Los prestadores de servicios de atención médica de los sectores público, social y privado, podrán elaborar formatos para el expediente clínico, tomando en cuenta los requisitos mínimos establecidos en esta norma.
los datos personales contenidos en el expediente clínico deben orientar la práctica médica y no pueden ser divulgados o dados a conocer. (confidencialidad)
Los profesionales de la salud están obligados a proporcionar información verbal al paciente, a quién ejerza la patria potestad, la tutela, representante legal, familiares o autoridades competentes. Cuando se requiera un resumen clínico u otras constancias del expediente clínico, deberá ser solicitado por escrito
-
Propiedad y titularidad
los expedientes clínicos son propiedad de la Institución o del prestador de servicios médicos que los genera, cuando éste, no dependa de una Institución
el paciente en tanto aportante de la información y beneficiario de la atención médica, tienen derechos de titularidad sobre la información para la protección de su salud, así como la protección de confidencialidad de sus datos
-
-
-
Otros documentos
Además de los documentos mencionados, debido a que sobresalen por su frecuencia, pueden existir otros del ámbito ambulatorio u hospitalario que por ser elaborados por personal médico, técnico o administrativo, obligatoriamente deben formar parte del expediente clínico:
-
-
-
-
-