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EVALUACIONES ANTICIPADAS Y ATRASADAS
El artículo 219 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural señala que:
Las causales para solicitar evaluaciones anticipadas son:
Por razones de :
Se realiza con una previa solicitud y comprobación
documentada por parte del representante legal del estudiante.
El Director o Rector
Puede autorizar que un estudiante realice las evaluaciones de manera anticipada o atrasada.
Documento que fundamente las razones de viaje por movilidad.
Documento que certifique que va a continuar los estudios en otro país.
Certificado de salud avalado por el médico.
Documento que demuestre una calamidad doméstica.
viaje.
Salud.
Calamidad doméstica u otras.