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ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PUBLICO image LEY 2027 - Coggle Diagram
ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PUBLICO
LEY 2027
DISPOSICIONES GENERALES
CLASES DE SERVIDORES PÚBLICOS
Funcionarios designados
Son aquellas personas cuya funcion publica emerge de un nombramiento a cargo publico, conforme a la CPE.
Funcionarios de libre nombramiento
Son aquellas personas que realizan funciones administrativas de confianza y asesoramiento técnico especializado para los funcionarios electos o designados.
Funcionarios electos
Son aquellas personas cuya función pública se origina
en un proceso eleccionario previsto por la Constitución Política del Estado.
Funcionarios de carrera
Son aquellos que forman parte de la administración publica, cuya incorporación y permanecía se ajusta a las disposiciones de la carrera administrativa.
Funcionarios interinos
Son aquellos que, de manera provisional y por un plazo maximo de 90 dias, son funcionarios interinos para la carrera administrativa.
SERVIDOR PÚBLICO
Persona que presta servicios dependiente de una entidad sometida al ambito de aplicacion de la presente ley.
DE LA EVALUACIÓN, MOVILIDAD Y PROMOCIÓN
MOVILIDAD
La movilidad de los funcionarios de carrera de puestos de similar valoración observaran las modalidades, requisitos y procedimientos establecidos en las normas Básicas del sistema de administración de personal y disposiciones complementarias.
DISPONIBILIDAD DE CARGOS
La promoción de los funcionarios de carrera estar condicionada a la disponibilidad efectiva de cargos públicos, conforme a los requerimientos y necesidades de cada entidad en el marco del Sistema de Organización Administrativa.
PERMANENCIA Y RETIRO
Estarán condicionados al cumplimiento de los procesos de evaluación de desempeño conforme al presente Estatuto, las Normas Básicas del sistema de Administración de personal y disposiciones reglamentarias.
PRINCIPIOS DE EVALUACIÓN
Se realizaran en forma periódica y se fundaran en aspectos de igualdad de participación, oportunidad, transparencia y verificabilidad.
DERECHOS Y DEBERES
DERECHOS
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Al goce de vacaciones, licencias, permisos y otros beneficios
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DEBERES
Mantener reserva sobre asuntos e informaciones, previamente establecidos como confidenciales
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Respetar y cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras disposiciones legales.
PROHIBICIONES
Promover o participar directa o indirectamente, en prácticas destinadas a lograr ventajas ilícitas.
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Realizar o incitar acciones que afecten, dañen o causen deterioro a los bienes inmuebles, muebles o materiales de la Administración.
Dispones o utilizar información previamente establecida como confidencial y reservada en fines distintos a los de su función administrativa.
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CONFLICTO DE INTERESES
Los servidores publicos no podran dirigir, administrar, asesorar, ni prestar servicios, a personas individuales que gestionen cualquier tipo de tramites.
CARRERA ADMINISTRATIVA
DOTACIÓN
VALORACIÓN DE PUESTO Y REMUNERACIÓN
Determinaran técnicamente el alcance, la importancia y convivencia de cada puesto, asignándole una remuneración justa vinculada al mercado laboral nacional.
RECLUTAMIENTO DE PERSONAL
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PROCESOS DE DOTACIÓN
Comprenderá las funciones de cuantificación de la demanda de personal, programación operativa anual individual, valoración de puesto y remuneración, reclutamiento, selección, inducción o integración.
CUANTIFICACIÓN DE LA DEMANDA DE PERSONAL
La demanda y requerimientos de personal, de cada entidad publica serán cuantificados y determinados en relacion a sus objetivos.
ÉTICA PÚBLICA
REGALOS Y OTRAS DÁDIVAS
Los servidores públicos están prohibidos de aceptar, de a cualquier persona individual o colectiva, obsequios, regalos, beneficios u otro tipo de dadivas.
EXCEPCIONES
Los servidores públicos no estarán impedidos de recibir obsequios, regalos de gobiernos u organismos internacionales, en las condiciones que la ley lo admita.
RETIRO
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INCENTIVOS Y SANCIONES
INCENTIVOS O MOTIVACIÓN
Podran recibir incentivos economicos con base en los resultados de las evaluaciones de su desempeño que reflejen indicadores de excelencia y eficacia.
BENEFICIOS COMPLEMENTARIOS O COLATERALES
Cualquier otro beneficio, servicio, asistencia o socorro económico en dinero, especie, o de otra índole deberá ser autorizado por:
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SANCIONES
Llamadas de atención, multas, suspensión temporal de funciones o destitución de cargo, de acuerdo al reglamento.
REGIMEN LABORAL
Licencias
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Por matrimonio: 3 días hábiles, previa presentación del certificado
Por fallecimiento de padres, cónyuges, hermanos o hijos: 3 días hábiles
Permisos
Los servidores públicos podrán gozar de permisos para ausentarse de sus trabajos para fines personales u oficiales, previa autorización expresa