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El proyecto de Ley 283/2021- 2022
evitará que los trabajadores sean despedidos de manera injustificad
La aplicación de la ley, también, será retroactiva
el gobierno de Luis Arce Catacora con el objetivo de restituir derechos de los trabajadores amparados en la Ley General del Trabajo
este proyecto de ley señala que en caso de haber una denuncia colectiva, ésta deberá ser emitida individualizando la situación de cada trabajador.Al amparo de los preceptos del proyecto y en función a las denuncia
La norma prevé que el trabajador que considere vulnerado su derecho
Si el trabajador o en su caso el empleador consideran afectados sus derechos con la resolución de reincorporación, cumplimiento de pago, de remuneración o salario, o de cumplimiento al fuero sindical, podrán impugnar la misma, a través de un recurso de revisión.
MEDIDAS.
el artículo 15 de la ley se señala que la resolución de restitución de derechos laborales, sin perjuicio de su ejecución
el juez de Trabajo dispondrá la aplicación inmediata de las medidas que fuesen para efectivizar la restitución de los derechos vulnerados
El proyecto de Ley 283, presentado en mayo, cuenta con 15 artículos, una disposición adicional, tres transitorias, una abrogatoria y dos disposiciones finales.
PROYECTO DE LEY
PROYECTO DE LEY
ARTICULO 5
b) El despido dispuesto por el empleador que tenga como argumento, la inasistencia injustificada de la trabajadora
Despido sin causa justificada A efectos de la presente ley, se considera despido sin causa justificada:
ARTICULO 14
Ejecución En caso de incumplimiento a la resolución de restitución de derechos laborales, el Ministerio de Trabajo remitirá antecedentes a conocimiento de la judicatura laboral a los fines de su ejecución.
ARTICULO 6
Plazo de presentación de denuncia I. El trabajador que considere vulnerado su derecho tendrá plazo de hasta tres meses
ARTICULO 7
La denuncia podrá ser presentada de forma personal
ARTICULO 12
Revisión Si el trabajador o en su caso el empleador, considerase afectados sus derechos con la resolución de reincorporación Laboral, podrá impugnar la misma a través del Recurso de Revisión.
ARTICULO 8
Citación Recibida la denuncia, el inspector de Trabajo, en plazo de cinco días hábiles emitirá una citación y emplazamiento,
ARTICULO 10
Atenuante La inconcurrencia del empleador o la falta de acreditación de su representante legal harán presunción de la vulneración del o los derechos laborales del denunciado.
ARTICULO 9
Prueba El empleador en audiencia deberá probar la inexistencia de vulneración a los derechos laborales, adjuntado la documentación que considere pertinente.