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IMPUESTOS DIFERIDOS, RLRTI, Tributos y aportaciones., Depreciaciones de…
IMPUESTOS DIFERIDOS
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GASTOS DEDUCIBLES
LRTI
Art. 10 Deducciones
- Los intereses de deudas contraídas con motivo del giro del negocio, así como los gastos efectuados en la constitución
- El impuesto a la renta y los aportes personales al seguro social obligatorio o privado que asuma el empleador por cuenta de sujetos pasivos
- Los impuestos, tasas, contribuciones, aportes al sistema de seguridad social obligatorio que soportare la actividad generadora del ingreso, con exclusión de los intereses y multas que deba cancelar el sujeto pasivo u obligado
- La totalidad de las provisiones para atender el pago de desahucio y de pensiones
- Los costos y gastos imputables al ingreso, que se encuentren debidamente sustentados en comprobantes de venta que cumplan los requisitos establecidos
- Las provisiones para créditos incobrables originados en operaciones del giro ordinario del negocio, efectuadas en cada ejercicio impositivo a razón del 1%
- Las pérdidas comprobadas por caso fortuito, fuerza mayor o por delitos que afecten económicamente a los bienes de la respectiva actividad generadora del ingreso
- Las erogaciones en especie o servicios a favor de directivos, funcionarios, empleados y trabajadores
- Las primas de seguros devengados en el ejercicio impositivo que cubran riesgos personales de los trabajadores y sobre los bienes que integran la actividad generadora del ingreso gravable
- Los gastos devengados y pendientes de pago al cierre del ejercicio, exclusivamente identificados con el giro normal del negocio
- Los gastos de viaje y estadía necesarios para la generación del ingreso, que se encuentren debidamente sustentados en comprobantes de venta que cumplan los requisitos establecidos
- Las personas naturales podrán deducir, hasta en el 50% del total de sus ingresos gravados sin que supere un valor equivalente a 1.3 veces la fracción básica desgravad de impuesto a la renta
- La amortización de las pérdidas que se efectúe de conformidad con lo previsto en el articulo 11 de esta Ley.
- Depreciación o amortización, ) Costos o gastos derivados de contratos de arrendamiento mercantil o leasing y Intereses pagados en préstamos obtenidos para su adquisición
- La depreciación y amortización, conforme a la naturaleza de los bienes, a la duración de su vida útil, a la corrección monetaria, y la técnica contable
- Para el cálculo del impuesto a la renta, durante el plazo de 5 años, las micro pequeñas y medianas empresas tendrán derecho a la deducción del 100%
- Los sueldos, salarios y remuneraciones en general; los beneficios sociales; la participación de los trabajadores en las utilidades; las indemnizaciones y bonificaciones legales y otras erogaciones impuestas por el Código de Trabajo
- Los costos y gastos por promoción y publicidad de conformidad con las excepciones límites, segmentación y condiciones establecidas en el Reglamento.
- Las sumas que las empresas de seguros y reaseguros destinen a formar reservas matemáticas u otras dedicadas a cubrir riesgos en curso y otros similares, de conformidad con las normas establecidas por la Superintendencia de Bancos y Seguros
- Las regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría pagados por sociedades domiciliadas o no en Ecuador a sus partes relacionadas serán deducibles
CÓDIGO DE TRABAJO
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Art. 184 Del desahucio
Desahucio es el aviso con el que una de las partes hace saber a la otra que su voluntad es la de dar por terminado el contrato.
LEY DE SEGURIDAD SOCIAL
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Art. 14 Exenciones
1.- Gastos de alimentación de los trabajadores
2.- Gastos de atención médica u odontología, asistencia o preventiva.
3.- Primas de seguros de vida y accidentes personales del trabajador
4.- Provisión de ropas de trabajo
5.- Participación del trabajador en utilidades de la empresa
6.- Compensación económica para salario digno
RLRTI
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Art. 32 Depuración de los ingresos por arrendamiento de inmuebles, percibidos por personas naturales y sucesiones indivisas
Seran deducibles los valores correspondientes a:
1.- Intereses de las deudas contraidas por la propidad
2.- Primas de seguros
3.- Valores por depreciación
4.- 1% sobre avaluó de la propiedad
5.- Impuestos
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Art. 106 Bonificaciones, agasajos y subsidios
Pagados por los empleadores a sus empleados o trabajadores, a título individual
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- Promoción, publicidad y patrocinio
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- Depreciaciones de activos fijos
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- Remuneraciones y beneficios sociales.
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- Servicios como honorarios, comisiones, comunicaciones, energía eléctrica, aguaa, vigilancia y arrendamiento
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- Suministros y materiales.
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- Pérdidas por destrucción, daños, desaparición y otros eventos que afecten económicamente
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- Fusión, escisión, disolución y liquidación
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- Amortizaciones y depreciaciones en la actividad petrolera:
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- Gasto por arrendamiento mercantil o leasing
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- Regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría con partes relacionadas
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- Gastos de instalación, organización y similares
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- Deducción adicional por adquisición de bienes o servicios a organizaciones de la economía
popular y solidaria
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- Los recursos y/o donaciones que se destinen en carreras de pregrado y postgrado afines a las
Ciencias de la Educación, entregados a Instituciones de Educación Superior
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- Donaciones, inversiones y/o patrocinios a programas ambientales
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- Reparaciones y mantenimiento.
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